Una argumentación precisa, en fase de recursos, no constituye de manera alguna el simplismo de
Una argumentación precisa, en fase de recursos, no constituye de manera alguna el simplismo de una forma sacramental; es en los hechos, el candado de seguridad por el que se impone al propio órgano jurisdiccional, no incurrir en apasionamientos o subjetividades, precautelando además los derechos a la defensa del imputado y la tutela judicial efectiva de la víctima, pues siendo claros y precisos los argumentos por los que se impugna una sentencia, será también clara y precisa la forma en la que se emita un Auto de Vista. En el caso de autos, el imputado en apelación mantuvo una constante argumentativa inherente a la afirmación de que la acusación no había sido probada, apoyado en la intervención de los galenos en la investigación, aduciendo que las mismas o no fueron valoradas en su integridad o que de plano no fueron tomadas en cuenta; empero, sin que de por medio se plantee argumento jurídico que habilite una revisión de mayor profundidad por parte del Tribunal de apelación, que no involucre un actuar oficioso y ultra petita
- Por memorial presentado el 22 de mayo de 2018, de fs
- Contra la mencionada Sentencia, el imputado formuló recurso de apelación restringida, fs
- I
- Solicita se declare fundado su recurso y se deje sin efecto el Auto de Vista
- “…en mérito a la prueba testifical realizada en juicio oral por la menor en aplicación
- Errónea aplicación de la Ley sustantiva con relación al art
- Inexistencia de fundamentación en la sentencia, pues el Tribunal de Sentencia simplemente hizo mención a
- El Tribunal Departamental de Justicia de La Paz a través de su Sala Penal Tercera,
- Le mentado Fallo, sobre el defecto inscrito en el art
- Finalmente, sobre el defecto previsto en el art. 370 inc. 6) del CPP, señaló
- En el marco de los criterios emitidos en el Auto Supremo 701/2018-RA de 17 de
- A fin de contextualizar el presente motivo, primero es conveniente definir la forma procesal en
- De inicio debe tenerse presente que, el recurso de casación, nace en la previsión de
- En efecto, tal como fue reseñado en el apartado III
- La descripción que precede resulta medular a los fines del presente motivo, por cuanto todo
- Se acusa la falta de fundamentación del Auto de Vista, denunciando que no se realizó
- “…conforme ha establecido la amplia doctrina emanada por el Máximo Tribunal de Justicia, los Tribunales
- De inicio enfatizar que en la labor de los Tribunales de alzada, por el principio
- La Sala considera que, el Tribunal de apelación declaró la improcedencia de ese motivo de
- Una argumentación precisa, en fase de recursos, no constituye de manera alguna el simplismo de
- En el proceso penal, se prueba la existencia o no de una conducta que reporte
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- FDO
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque
