Auto Supremo AS/0121/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0121/2019-RRC

Fecha: 07-Mar-2019

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente

TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 121/2019-RRC
Sucre, 07 de marzo de 2019

Expediente: Cochabamba 45/2018
Parte Acusadora : Ministerio Público
Parte Imputada: Omar Fernando Adriázola Bustamante y otra
Delito : Asesinato
Magistrado Relator: Dr. Olvis Eguez Oliva

RESULTANDO

Por memorial presentado el 1 de junio de 2018, cursante de fs. 2036 a 2039, los representantes del Ministerio Público interponen recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 007/18 de 2 de abril de 2018, de fs. 1928 a 1934, pronunciado por la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, dentro del proceso penal seguido por la parte recurrente a instancias de Omar Fernando Adriazola Cruz y Gloria Bustamante de Adriazola contra Omar Fernando Adriazola Bustamante y Alejandra Doriana Saavedra Barrozo, por la presunta comisión del delito de Asesinato, previsto y sancionado por el art. 252 incs. 2) y 3) del Código Penal (CP).

I. ANTECEDENTES DEL PROCESO

De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente:

Por Sentencia 09/2016 de 17 de marzo (fs. 1289 a 1352), el Tribunal Sexto de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, declaró a Omar Fernando Adriazola Bustamante y Alejandra Doriana Saavedra Barrozo, autores y culpables de la comisión del delito de Asesinato, previsto y sancionado por el art. 252 incs. 2) y 3) del CP, imponiendo la pena de treinta años de presidio sin derecho a indulto, más el pago de costas, daños y perjuicios a favor del Estado y de las víctimas