Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0230/2019-RRC
Fecha: 15-Abr-2019
-
Por memoriales presentados el 16 de mayo y el 6 de junio de 2018, el
-
I.1. Antecedentes
-
Por Sentencia 14/2017 de 22 de noviembre (fs
-
I.1.1. Motivo del recurso de casación
-
De los memoriales de recurso de casación interpuestos por el Ministerio Público y Paola Andrea
-
Denuncia que, el Auto de Vista impugnado no consideró el reclamo que efectuó, cuando señaló
-
I
-
1) Señala que el Auto de Vista impugnado, en su parte introductoria desarrolló conclusiones acertadas
-
2) Refiere que, el Tribunal ad quem realizó consideraciones periféricas que no tienen vinculación
-
4) Manifiesta que, en la primera parte del cuarto considerando y en el punto C
-
5) Afirmando que en el recurso de apelación restringida, como segundo agravio reclamó la contradicción
-
6) Denuncia que el Tribunal de alzada adujo que la Sentencia absolutoria se basó en
-
I.1.2. Petitorio
-
Los recurrentes Ministerio Público y Paola Andrea Montenegro Benegas, en representación de la Alcaldía Municipal
-
I.2. Admisión del recurso
-
De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación y precisado el ámbito de
-
Con relación al delito de Peculado, se estableció de cada uno de los elementos de
-
Respecto del delito de Conducta Antieconómica, citando los elementos objetivos del tipo conforme al art
-
II.2. De la apelación restringida
-
Tanto el Ministerio Público y la acusadora particular en representación del Municipio de Vallegrande interpusieron
-
La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró inadmisibles e
-
III.1. Marco legal y doctrinal
-
III.1.1. Sobre la incongruencia omisiva
-
En razón de que el vicio de incongruencia debe ser entendido como un desajuste material
-
Siendo así, que la incongruencia omisiva o fallo corto constituye un defecto absoluto, referido en
-
Consiguientemente, el Tribunal de alzada, debe dar respuesta fundamentada y motivada a todos y cada
-
III.1.2. Obligación de los Tribunales de emitir resoluciones fundadas en derecho y motivadas adecuadamente
-
Por otra parte, la fundamentación y motivación de Resoluciones implica el deber jurídico de explicar
-
III.1.3. Control de legalidad y logicidad de la Sentencia
-
En etapa de alzada, la normativa procesal penal, establece que el recurso de apelación restringida
-
III.1.4. Sobre la defectuosa valoración de la prueba, su formulación y control
-
La denuncia por defectuosa valoración de la prueba, defecto de Sentencia descrito en el inc
-
Para que la fundamentación de una sentencia sea válida se requiere no sólo que el
-
El Tribunal de Sentencia, establece la existencia del hecho y la culpabilidad del procesado, mientras
-
Ante la invocación de la violación de las reglas de la sana crítica el Tribunal
-
El recurso basado en errónea apreciación de la prueba, tiene por finalidad examinar la sentencia
-
Resulta deficiente el planteamiento cuando el recurso discurre en torno a las propias apreciaciones del
-
Para demostrar la violación a las reglas de la sana crítica es preciso que la
-
Los principios lógicos nos previenen contra el posible error de juicio, pero no nos indican
-
El análisis de las resoluciones a partir de la formulación de una crítica al sistema
-
III.1.5. Actividad procesal defectuosa. Principios doctrinales
-
Respecto a la actividad procesal defectuosa y específicamente sobre los defectos absolutos y relativos, la
-
Por su parte, los arts
-
Los defectos absolutos se hallan enumerados por el art
-
De las referidas normas, se advierte que el vigente sistema procesal penal permite la corrección
-
Entre los defectos absolutos, conforme al art
-
Un tercer defecto absoluto conforme el art
-
Por último, entre los defectos absolutos se tienen aquellos que estén expresamente sancionados con nulidad,
-
De lo expuesto, se concluye que ante la existencia de defectos procesales, el juzgador tiene
-
Bajo este horizonte que refleja la jurisprudencia citada, se entiende que el régimen de nulidades
-
En los casos y formas previstos por este Código, las partes sólo podrán impugnar, con
-
Lo que demuestra que el principio de convalidación y trascendencia se encuentra sumido a la
-
III.1.6. Requisitos que debe cumplir el precedente contradictorio
-
Siendo el recurso de casación un mecanismo que busca otorgar a los ciudadanos la posibilidad
-
De lo anterior, se establece que únicamente son recurribles en casación, aquellos Autos de Vista
-
Refiriéndose a la labor de contraste que debe realizar este Tribunal, el Auto Supremo 219/2014-RRC
-
En el caso que este Tribunal llegue a determinar la existencia de la contradicción señalada
-
Bajo esa línea, la legislación nacional dentro del tercer párrafo del art
-
De ello se concluye que el requisito de invocar un precedente contradictorio dentro del sistema
-
III.1.7. Sobre el planteamiento de los recursos
-
Si bien es cierto que la exigencia de fundamentación y motivación de las Resoluciones, constituye
-
III.2. Análisis del caso en concreto
-
En este recurso se denuncia que, el Auto de Vista impugnado no consideró el reclamo
-
De dichas afirmaciones, es preciso remitirnos al contenido del Auto de Vista a efectos de
-
III
-
Con relación a la temática planteada invoca como precedente contradictorio el Auto Supremo 131 de
-
“En cuanto a los medios de notificación, el art
-
II
-
Las nulidades consisten en la invalidación de actos cumplidos e ingresados al proceso sin observarse
-
La exigencia de la debida motivación de las resoluciones judiciales asume aún mayor relevancia y
-
Respecto del segundo motivo, denuncia que el Tribunal ad quem realizó consideraciones periféricas que no
-
Respecto de lo señalado invoca como precedente contradictorio el Auto Supremo 60 de 27 de
-
Si no se ha ofrecido prueba, el recurso de apelación incidental sobre rechazo de excepciones
-
El Tribunal, de acuerdo a la resolución determinara si corresponde resolver el recurso de apelación
-
Como una consideración previa antes de ingresar a resolver la problemática planteada mediante la labor
-
De tal manera que, en la labor de verificación o contraste entre lo resuelto en
-
En esa línea esta Sala Penal a través del Auto Supremo 322/2012-RRC de 4 de
-
Ahora bien, a los fines de resolver la problemática planteada, necesariamente debemos remitirnos al Auto
-
Por los fundamentos expuestos, y por la naturaleza del recurso de casación, queda establecido que
-
Al respecto cabe aclarar que, las denuncias se refieren a temas incidentales, que oportunamente fueron
-
Respecto del cuarto motivo, manifiesta que, en la primera parte del cuarto considerando y en
-
Con relación al quinto motivo, afirma que en el recurso de apelación restringida, como segundo
-
Con relación al sexto motivo, denuncia que el Tribunal de alzada adujo que la Sentencia
-
Respecto de la temática planteada se invocó el referido precedente que fue pronunciado dentro del
-
Al respecto verificado el Auto de Vista, con relación a la denuncia de valoración defectuosa
-
Por último respecto del octavo motivo, el recurrente denuncia la falta de fundamentación, debido a
-
Regístrese, hágase saber y devuélvase
-
FDO
-
Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque
Otros enlaces de interés: