La retrospectividad que establece el art
La retrospectividad que establece el art. 123 de la CPE, es aplicable únicamente a normas adjetivas y no así a normas sustantivas, donde la norma procesal aplicable será la vigente al momento de iniciarse la acción penal; y en lo particular, en materia de corrupción para investigar y procesar por tales hechos, fundamentación plasmada en la Sentencia Constitucional Plurinacional 0770/2012 de 13 de agosto, que en lo pertinente señaló: “…El art. 123 de la CPE, dispone que: La ley sólo dispone para lo venidero y no tendrá efecto retroactivo, excepto en materia laboral, cuando lo determine expresamente a favor de las trabajadoras y de los trabajadores; en materia penal, cuando beneficie a la imputada o imputado; en materia de corrupción, para investigar, procesar y sancionar los delitos cometidos por servidores públicos contra los intereses del Estado y en el resto de los casos señalados por la Constitución”
- Por memorial presentado el 7 de agosto de 2018, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la mencionada Sentencia, el defensor de oficio de la imputada Mirtha Patricia Quevedo Acalinovic
- I.1.1. Motivos del Recurso de Casación
- Refiere que el 1 de diciembre de 2010, el ex Gobernador de Oruro interpuso una
- En la etapa de juicio se designó un nuevo defensor de oficio, que sólo se
- Agrega que en la sesión de juicio de 11 de febrero de 2015, mediante Auto
- Añade que pese a la incorporación de supuesta prueba extraordinaria no se suspendió el juicio
- Con base a los art
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 883/2018-RA de 27 de septiembre, de fs
- II.1.De la Sentencia
- Por Sentencia 28/2015 de 25 de agosto, el Tribunal Segundo de Sentencia de Oruro, declaró
- Se tiene establecido a su vez, que la Caja Nacional de Salud, inicia procesos coactivos,
- Se configuró la existencia del dolo en la conducta, pues no existió error vencible en
- Con la notificación de la Sentencia, la defensa de oficio de la acusada en rebeldía,
- Denunció a su vez defectos absolutos, respecto al planteamiento de un incidente por el cual
- Respecto al defecto del art
- En cuanto a la aplicación de la Ley, el defensor no señala en forma clara
- Respecto a la apelación incidental del Incidente de Nulidad por Defectos Absolutos, el Tribunal de
- En relación a la excepción de extinción de la acción penal por prescripción, el Tribunal
- III.1. Del Derecho al Debido Proceso
- La jurisprudencia establecida por el Tribunal Supremo de Justicia respecto al debido proceso ha señalado
- Por otra parte, el debido proceso reconocido en la CPE, en su triple dimensión como
- III.2. Análisis del caso concreto
- De la revisión de los motivos admitidos para casación en el fondo, se debe dejar
- La recurrente bajo los argumentos supra citados denunció vulneración a su derecho a la defensa,
- Uno de los argumentos expresados por la parte como vulneradores de derechos a la defensa
- En los tres casos, el Tribunal de apelación, al momento de analizar la cuestión previa
- Asimismo, conforme se constata de fs
- Consiguientemente, continuando el análisis del motivo, se ha podido identificar a su vez, el alegato
- Al respecto, la Sentencia Constitucional 0224/2012 de 24 de mayo, emitió el siguiente razonamiento: “…El art
- De igual forma, la Convención Americana sobre Derecho Humanos, en su art
- Por su parte, Binder expresa que: ‘El imputado también tiene el derecho -amplio, en principio-
- Bajo ese entendimiento, la inviolabilidad de la defensa técnica implica necesariamente el derecho de contar
- Conforme al análisis constitucional de los alcances y fines de la asignación del defensor de
- El Defensor Público debe posicionarse como agente de cambio del sistema de justicia, evidenciando sus
- El art
- En ese entendido, para verificar la existencia de lo que se señala como agravio por
- Se tiene Pliego Acusatorio de fs
- De lo compulsado y descrito que es pertinente a efectos de resolver el defecto absoluto
- Al efecto, es menester señalar que la Convención de 1951 sobre El Estatuto de los
- En el mismo sentido se ha reconocido a nivel regional en Latinoamérica con la Declaración
- Bajo el principio de exención de reciprocidad, no es posible activar lo que la recurrente
- Acotar que en el Estado boliviano, mediante Ley N° 251 de 20 de junio de
- Bajo estos fundamentos, es evidente que la recurrente no podía ser habida a efectos de
- La prueba en el sistema procesal penal, se sustenta en el principio de legitimidad, alcance
- Aquella garantía procesal, delimita un contrapeso y escudo de protección para con el imputado, pues
- De igual manera el art
- Lo anteriormente dicho, señala de manera clara los instrumentos y limitantes que el sistema procesal
- Entonces, la legitimidad en la introducción de la prueba es de vital importancia para que
- Entonces para que una prueba sea ilegítima, sea ordinaria o extraordinaria, debe estar ilegalmente introducida,
- Conforme cursa de fs
- Posteriormente, mediante Acta de Juicio Oral de fs
- En este trámite, conforme se tiene de lo compulsado, el Tribunal de Sentencia, efectivamente, ante
- Por ello, la prueba extraordinaria producida de ninguna manera afectó derecho alguno, al reconocerse del
- III.2.3. Sobre la denuncia de producción de prueba de oficio
- De la revisión de antecedentes, efectivamente se puede llegar a constatar que en la acusación
- En esa misma lógica el Tribunal Supremo de Justicia a través del Auto Supremo
- Entonces es importante que el juez o tribunal tome conciencia de que si un derecho
- Bajo estas consideraciones, si se analiza el agravio con la producción de la prueba de
- En ese entendido, el Tribunal de apelación al resolver un recurso de apelación restringida en
- En consecuencia para disponer la anulación de la sentencia, no basta con la constatación de
- Por cuanto, al evidenciarse que la prueba producida de oficio de inspección judicial, de ninguna
- III.2.4. Con relación a la denuncia relativa a la ampliación de fuero procesal
- La Ley de Sustanciación y Resolución de Juicios de Responsabilidad de 2 de agosto de
- La retrospectividad que establece el art
- Este Tribunal considera inicialmente que al referir dicha norma a la imputada o imputado por
- En este marco, conforme la doctrina uniforme, la jurisprudencia nacional e internacional en lo referente
- De lo expuesto, queda claro que la regulación para el procesamiento de los delitos, se
- La aplicación de la Ley en el tiempo, responde al fundamento del principio de legalidad,
- Por cuanto, en atención a los antecedentes del proceso, se tiene según el contenido de
- Por cuanto, el motivo expuesto por la recurrente no puede ser procedente al no responder
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
