Auto Supremo AS/0284/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0284/2019-RRC

Fecha: 02-May-2019

Por ello, la prueba extraordinaria producida de ninguna manera afectó derecho alguno, al reconocerse del


Por ello, la prueba extraordinaria producida de ninguna manera afectó derecho alguno, al reconocerse del análisis la consistencia de su legitimidad, necesidad, utilidad y pertinencia, que a convicción del Tribunal de Sentencia requería ser introducida tomando en cuenta la declaración testifical de cargo de Vicente Tiburcio Escobar Gutiérrez, procediéndose a la suspensión del juicio oral en ese entendido con la amplitud del ejercicio adecuado del derecho a la defensa, respetando los principios procesales así como el debido proceso en prevalencia de la verdad material, que por su efecto, al establecerse tal extremo, el argumento del motivo identificado recae en infundado, al no haberse verificado defecto procesal alguno en que se haya incurrido por parte del Tribunal a quo