Auto Supremo AS/0187/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0187/2019-RRC

Fecha: 29-Jun-2019

Alega defecto de Sentencia de acuerdo al art


Alega defecto de Sentencia de acuerdo al art. 370 num. 6 del CPP, porque la Sentencia se basa en hechos no existentes o no acreditados y por defectuosa valoración de las pruebas, considerando que el Juez para declarar la condena tomó como parámetro inexistente la desposesión de la supuesta víctima, usando como única documentación valedera los documentos de registro de derechos reales del 2008, que si bien se introdujo los poderes de compra venta, se introdujo documental perteneciente a la defensa que acredita la legal posesión y derecho propietario del terreno en conflicto; de cuya prueba la Juez no realizó una valoración intelectiva de la prueba con base a las reglas de la experiencia, lógica y la psicológica conforme al art. 173 del CPP, no encontrando ninguna de estas reglas del pensamiento lógico en la valoración de los elementos de prueba, la que se encuentra cuestionada considerando la existencia de un conflicto anterior, probado por la demanda de nulidad, lo que resta credibilidad al testimonio de la víctima, así como su verosimilitud y la persistencia en la incriminación, que debe ser prolongada en el tiempo sin ambigüedades ni contradicciones (cita SSTC 201/1989, 173/1990, 229/1991)