Auto Supremo AS/0187/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0187/2019-RRC

Fecha: 29-Jun-2019

En cuanto a la fundamentación probatoria intelectiva, como bien se ha podido establecer en la


En cuanto a la fundamentación probatoria intelectiva, como bien se ha podido establecer en la Sentencia, dicha labor se encuentra inmersa en los apartados V y VI, donde la Juez hace alusión a aquellos elementos de prueba que han sido determinantes para acreditar cada hecho probado y las circunstancias en que se desenvolvieron las acusadas y de acuerdo a la comunidad probatoria. En esta labor intelectiva, la Juez ha considerado no establecer relevancia probatoria sobre la prueba testifical de descargo de José Luís Pimentel Mendoza, Fabian, Romero Romero, Liliana Almazan Ríos y Cleofé Ríos Romero, considerando que las declaraciones vertidas serían condicionadas al interés de las acusadas. Asimismo, de la prueba documental de descargo, la Juez ha establecido restar valor probatorio a la codificada como I-8, I-11 y I-12, haciendo alusión que la prueba signada como I-6 refleja que las afirmaciones de la defensa de la parte acusada resultan ser falsas