Auto Supremo AS/0187/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0187/2019-RRC

Fecha: 29-Jun-2019

La Juez pretende como hecho probado que se procedió a voltear los postes y alambrados,


La Juez pretende como hecho probado que se procedió a voltear los postes y alambrados, sin embargo no se ha escuchado de los testimonios que aquello haya sido referido por algún testigo, denotando incongruencia al pretender justificar una omisión probatoria, aduciendo una autoría intelectual, que no se encuentra en el margen del art. 20 del CP. Así, en lo que respecta a la inspección ocular, la Juez no toma en cuenta que se tiene la posesión del terreno desde el 1995, cuando se declaró la herencia, omitiéndose pronunciamiento sobre estas contradicciones, lo que resulta contrario al Auto Supremo 073/2013-RRC y las Sentencias Constitucionales 174/2011-R, 0320/2011-R, 0459/2011-R y 270/2012, no existiendo en Sentencia una fundamentación debida y concreta, resultando más flagrante establecer como hecho probado que el 18 de noviembre de 2014 se hubiera generado el Despojo, cuando conforme al Acta de Juicio, la víctima manifestó que no recuerda en qué fecha y asume que fue en noviembre de 2014 (citan las SSCC 0447/2011-R, 359/2011-R y 0112/2010-R, Autos Supremos 479 de 8 de diciembre de 2005, 342 de 28 de agosto de 2006, 349 de 28 de agosto de 2006 y 562 de 1 de octubre de 2004)