Auto Supremo AS/0591/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0591/2019-RRC

Fecha: 13-Ago-2019

Por ello, el recurrente en casación, al considerar que la Sentencia y el Auto de


Por ello, el recurrente en casación, al considerar que la Sentencia y el Auto de Vista, no fundaron adecuadamente la concurrencia de la agravante y su forma de comisión, incurre en un excesivo rigorismo taxativo de la norma sustantiva penal, pues la circunstancia agravante de art. 346 bis del CP, de ninguna manera puede o debió ser analizada de manera independiente al tipo penal del art. 335, siendo que al ser meramente una circunstancia que podría concurrir o no, no tendría razón de afectar la teoría principal del delito, tal como ocurrió en el caso de autos, que sin modificar los hechos y la calificación del tipo penal dl art. 335, se incluyó la circunstancia agravante del art. 346 bis del CP, al ser evidente la existencia de víctimas múltiples (dos víctimas) como Oscar Dante Salazar Duran y Ramón Salazar Vedia