Tales razonamientos fueron asumidos y comprendidos en alzada en similar sentido, lo que conllevo a
Tales razonamientos fueron asumidos y comprendidos en alzada en similar sentido, lo que conllevo a confirmar la Sentencia impugnada en una primera instancia y consecuentemente, no se identifica vulneración al debido proceso en su vertiente de congruencia de los fallos
- Por memorial presentado el 8 de noviembre de 2018, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- Contra la mencionada Sentencia, el imputado José Luís Burgos interpuso recurso de apelación restringida (fs
- I.1.1. Motivos del Recurso de Casación
- Del memorial de recurso de casación interpuesto por José Luís Burgos, se extraen los siguientes
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 107/2019-RA de 20 de febrero, este Tribunal admitió el recurso de casación
- II.1.De la Sentencia
- Por Sentencia 50/2016 de 31 de octubre (fs
- Si bien el acusado manifestó que los dineros se encontraban invertidos en las obras, en
- Con la notificación de la Sentencia, el acusado José Luís Burgos interpuso recurso de apelación
- Denunció defecto de Sentencia del art
- Denunció defecto del Sentencia del art
- El Auto de Vista 18/2017 de 3 de abril, dictado por la Sala Penal Tercera
- Se estableció que la Sentencia se basó en hechos existentes y debidamente acreditados, sin incurrir
- El Auto de Vista 18/2017 de 3 de abril, fue dejado sin efecto en virtud
- El Auto de Vista 43/2018 de 8 de agosto, declaró admisible e improcedente la apelación
- Respecto al delito de Estafa, el mismo se perfecciona cuando el sujeto activo realiza la
- El acusado manifestó que sus actos se realizaron en base a un contrato civil y
- De acuerdo a los argumentos del recurrente, se aduce que: i
- III.1. Análisis del Caso concreto
- III
- El recurrente aduce que el Auto de Vista no se pronunció respecto a la denuncia
- (…) A mayor abundamiento, señalar que el principio iuria novit curia, tiene íntima relación con
- (…) Hecha esta aclaración, queda claro que el núcleo fáctico (acontecer histórico) y jurídico (calificación
- Sobre los alcances del principio de congruencia en relación a la iuria novit curia, la
- Bajo este paraguas jurisprudencial que claramente desarrolló doctrina, jurisprudencia y derecho convencional relativo a los
- Analizando lo expresado por el recurrente en casación, es preciso descender en el análisis hasta
- En base a estos hechos y las acusaciones pública y particulares, se dictó Auto de
- De ésta compulsa procesal, se puede establecer que, desde un primer momento, las acusaciones, tanto
- En Sentencia, conforme se estableció, el Tribunal de Sentencia condenó al acusado por el delito
- Entonces, al no haberse podido advertir la modificación a los hechos, la labor realizada por
- Tales razonamientos fueron asumidos y comprendidos en alzada en similar sentido, lo que conllevo a
- En ese entendido, el Tribunal Supremo de Justicia, ha desarrollado los alcances y las formas
- Para garantizar la debida fundamentación de las resoluciones judiciales, la jurisprudencia ha establecido cánones de
- En lo atinente al objeto del recurso en examen, el inc
- En la parte dispositiva del fallo, conforme establece el art
- De lo anterior se tiene que la Sentencia debe estar estructurada de la siguiente forma:
- En cuanto a la fundamentación probatoria, siendo el juzgador de mérito, el único facultado para
- Sobre la temática, el Auto Supremo 74 de 10 de marzo de 2010, señala: ‘…la
- Posteriormente a la fundamentación descriptiva, tendrá que existir en la sentencia la fundamentación probatoria intelectiva,
- Conforme lo ampliamente señalado, se deja asentado una vez más, que en la Sentencia se
- Al respecto, Couture señala: ‘El juez, al decidir según la sana crítica, no es libre
- Ahora bien, el control respecto a la correcta aplicación de las reglas de la sana
- Para poder establecer si el Tribunal de alzada realizó o no una revisión correcta en
- En la Sentencia se enunció el hecho como aquel elemento a probar y determinar, base
- En el QUINTO Y SEXTO CONSIDERANDOS apartado VI de la Sentencia, el Tribunal de instancia
- Respecto a la vulneración de derecho de acceso a la justicia que alega el recurrente
- En el derecho convencional, el acceso a la justicia se encuentra consagrado en los arts
- En Bolivia el derecho de acceso a la justicia se encuentra consagrado en los arts
- Por consiguiente, para que exista una vulneración al derecho de acceso a la justicia, como
- Considerando aquello, en el caso de autos desde la interposición de las acusaciones pública y
- En consecuencia, lo afirmado por el recurrente, no cuenta con sustento procesal no jurídico, al
- Finalmente, el recurrente en casación también denunció el incumplimiento al Auto Supremo 229/2018-RRC de 10
- Consecuentemente, de la revisión y disgregación del Auto de Vista impugnado a momento de analizar
- Considerando que, no concurren los defectos que se alegaron como vulneratorios al debido proceso, en
- III.1.2. De la falta de Fundamentación de la Sentencia y su control en Alzada
- El recurrente denuncia que el Auto de Vista no se pronunció sobre la denuncia de
- Para sustentar el motivo, el recurrente alega vulneración del derecho a la defensa al no
- En la fase recursiva, el recurrente fue notificado con la Sentencia, conforme cursa en obrados,
- En ese sentido, el Tribunal de alzada al ratificar la Sentencia impugnada, no incurrió en
- Entonces, atendiendo los parámetros establecidos por la doctrina legal de este Tribunal, se colige que
- Delimitados los alcances del principio de legalidad, para que la denuncia del recurrente sea procedente,
- De esa argumentación y otras de las plasmadas por el Tribunal de Sentencia, han podido
- Establecida la correcta tipificación de la conducta al tipo penal del art
- Según la Teoría de la Autonomía del Delito Circunstanciado, las circunstancias agravantes o atenuantes, no
- Por ello, el recurrente en casación, al considerar que la Sentencia y el Auto de
- Por ello, la explicación vertida en el Auto de Vista impugnado, no requería mayor argumentación,
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- FDO
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque
