Auto Supremo AS/0591/2019-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0591/2019-RRC

Fecha: 13-Ago-2019

Según la Teoría de la Autonomía del Delito Circunstanciado, las circunstancias agravantes o atenuantes, no


Según la Teoría de la Autonomía del Delito Circunstanciado, las circunstancias agravantes o atenuantes, no deben confundirse con los elementos constitutivos del delito, son partes de él, pues sin ellos no existirían así, por ejemplo, el delito comprendido en el art. 261 par I, segunda parte del CP, respecto a conducir los vehículo en estado de ebriedad; y, lo mismo ocurre en el caso de autos, respecto al delito de Estafa previsto por el art. 335 del CP, el cuál si bien establece elementos constitutivos autónomos, es posible admitir una circunstancia agravante, cuando en la comisión de derecho delito, concurra la presente de víctimas múltiples, tal como lo establece el art. 346 del CP, lo que no significa que se modifique o amplíe la tipología del tipo penal del art. 335, sino que únicamente en la comisión delictiva, deberá considerarse si en su efecto concurre la figura de víctimas múltiples, lo que de ninguna manera afectará la naturaleza del hecho delictivo