Auto Supremo AS/0751/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0751/2019

Fecha: 02-Ago-2019

En ese entendido, el resumen realizado del recurso de apelación en contrastación con el Auto

?Sobre la excepción de incapacidad de la parte demandada señaló que los argumentos realizados por Rosario V. Sánchez Sánchez son coherentes por lo que no puede ser considerada con legitimación procesal pasiva, pues todo cuanto efectuó fue en virtud a sus funciones jurisdiccionales y en caso de tener alguna observación la demandante debió hacerlas conocer en su momento en la causa correspondiente, por lo que acogió dicha excepción
En ese entendido, el resumen realizado del recurso de apelación en contrastación con el Auto de Vista recurrido de casación y conforme la doctrina aplicable en el punto III.1, que señala que la falta de relación entre lo solicitado y lo resuelto, contradice el principio procesal de congruencia, toda vez que la resolución de segunda instancia, debe responder a la expresión de agravios, presentados por el apelante, se puede establecer que el Tribunal de alzada resolvió los agravios presentados contra el Auto apelado que resuelve las excepciones, declarando que no corresponde acoger la excepción de incompetencia pues el caso de Autos se tiene como pretensión la nulidad de documentos públicos, y no así observar actuados judiciales llevados a cabo en un proceso ejecutivo, al margen de considerar que en dicho Auto de Vista se dio cumplimiento al Auto Supremo N° 1001/2016 de 24 de agosto