Auto Supremo AS/0751/2019
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0751/2019

Fecha: 02-Ago-2019

En ese entendido y con la finalidad de dar cumplimiento a la resolución emitida por

En ese entendido y con la finalidad de dar cumplimiento a la resolución emitida por el Juez Público Civil y Comercial N° 11 de La Paz constituido en Tribunal de garantías sobre la acción de amparo Constitucional interpuesto por Rosario Hernández Aliaga, pasaremos a analizar si corresponde en el presente caso declarar probada la excepción de cosa juzgada, en ese entendido diremos que:
?En el proceso instaurado el 21 de febrero de 2002 en el Juzgado Nº 13 de Partido en lo Civil de La Paz, se tiene que las partes son: en calidad de demandante Rosario Hernández Aliaga y demandado Banco Sur en Liquidación S.A.; el objeto es: la nulidad de la minuta de 28 de noviembre de 1990 y de la Escritura Pública N° 1517/90 de 30 noviembre por la falta de objeto, la falta en el objeto de los requisitos señalados por ley, la ilicitud de la causa y la ilicitud del motivo que impulsó a una de las partes, conforme lo establecido en el art. 549 num. 1), 2) y 3) del Código Civil; y la causa fue: la falsedad existente en la firma del esposo de la demandante tanto en la minuta de 28 de noviembre de 1990, así como en el protocolo de la Escritura Pública N° 1517/90.
Proceso en el cual se declaró improbada la demanda principal y que después de haberse planteado el recurso de apelación se emitió un Auto de Vista confirmando la sentencia y que al no haber sido recurrido en casación fue ejecutoriado