Esta Sala en juicio de admisibilidad pronunció el Auto Supremo 172/2019-RA de 26 de marzo,
I.2 Motivos del recurso
Esta Sala en juicio de admisibilidad pronunció el Auto Supremo 172/2019-RA de 26 de marzo, por medio del cual se delineó el análisis de fondo bajo los siguientes parámetros:
Primer motivo. Vulneración del derecho al debido proceso, en su vertiente de fundamentación, originado en yerro de incongruencia omisiva por parte del Tribunal de apelación, respecto: i) en la resolución del 2do punto del tercer motivo de la apelación restringida, el Tribunal de alzada debió explicar y fundamentar su respuesta, respecto a si a su criterio era lógico o razonable que la Sentencia concluyese que la víctima se encontraba en un total estado de indefensión y que no podía defenderse ni moverse, y que a la vez afirmase -por las declaraciones testificales- que la víctima se encontraba eufórica, discutiendo y tirando cosas. El recurso señala que estos extremos no fueron respondidos por el Tribunal de alzada, al contrario de manera discrecional y arbitraria cambió el sentido del alegato, otorgando a sus cuestionamientos otro sentido e incurriendo en un grave defecto de fundamentación. ii) en la respuesta al 3° punto del tercer motivo de la apelación restringida, el Tribunal de apelación no tuvo presente que sus reclamos en torno las conclusiones de la Sentencia (sobre la calificación de paranoide-celotípica en el imputado, la personalidad de la víctima, la autopsia psicológica, el grado alcohólico y la escena del hecho), tuvieron como eje procesal una supuesta vulneración a la ciencia como elemento de la sana crítica, empero, el Tribunal de apelación no brindó tratamiento expreso a esos reclamos, cuando en apelación restringida refirió concretamente qué reglas de la sana crítica consideró vulneradas.
Señala que, el Tribunal de alzada al emitir el Auto de Vista recurrido ignoró los cuestionamientos que realizó a la Sentencia Condenatoria, dejándole en un total estado de indefensión e impidiéndole obtener un pronunciamiento razonable y debidamente fundamentado, vulnerando así el debido proceso [arts.115-II y 117-I de la CPE, art. 8 inc. c) de la CADH], en su vertiente de fundamentación por incurrir en incongruencia omisiva
- Por memorial presentado el 14 de enero de 2019, de fs
- Contra la mencionada Sentencia, Jheysen Edilberto Vega Aguilar, promovió recurso de apelación restringida (fs
- Esta Sala en juicio de admisibilidad pronunció el Auto Supremo 172/2019-RA de 26 de marzo,
- Segundo motivo
- Solicitó que previo pronunciamiento sobre la admisibilidad de su recurso, “considerando ser ciertos y evidentes
- La argumentación en la que se fundó la condena, puede ser esquematizada en tres planos:
- El motivo que desencadenó la muerte…fue el tipo de personalidad del agresor quien según a
- [el acusado] no fue visto por ninguna otra persona hasta las 11:30 aproximadamente del 01-01-2014
- Se ha demostrado también que en el momento en que K fue estrangulada se encontraba
- La conducta del acusado resulta dolosa puesto que él sabía el estado de vulnerabilidad e
- De la declaración de COCA, se tiene que la víctima no estaba en total estado
- “…la psicóloga forense que realizó la referida autopsia, ha omitido los pasos que se deben
- Esa conclusión fue cuestionada en apelación restringida por carecer de elementos que condujeran a ese
- Asimismo, en torno a la conclusión sobre la personalidad de la occisa, dijo
- Previa realización de audiencia de fundamentación oral del recurso (fs
- También el Tribunal de apelación se mostró inhibido en “determinar si las contradicciones alegadas…en la
- Tocante a lo cuestionado sobre la Autopsia psicológica, el Tribunal de apelación sostuvo que el:
- Alega encontrarse en total indefensión, pues el Auto de Vista recurrido “impide…pueda obtener un pronunciamiento
- III
- De tal manera, siendo el primer elemento el derecho a recurrir las decisiones judiciales (especialmente
- En el recurso de apelación restringida, por su lugar inmediato posterior a imponerse una pena
- Retomando la idea que los límites de apelación restringida no están librados al albedrío, teniendo
- El argumento del Auto Supremo 174/2014, propuso establecer una media intermedia entre el postulado Constitucional
- En apelación restringida se enunciaron una serie de cuestionamientos específicos con el proceso de producción
- De hecho, la argumentación en el recurso de apelación restringida, abraza una exposición polarizada mas
- Las conclusiones del Tribunal de Sentencia en todos los casos no tuvieron origen ni fundamento
- El tribunal de apelación, fue reflexivo de tal aspecto, a lo largo de su Considerando
- Ciertamente, las alegaciones vertidas en apelación restringida, cuyo eco fue amplificado en casación matizado con
- Debe tenerse presente que, si bien existen amplias posibilidades de revisabilidad de una sentencia condenatoria,
- En el segundo motivo de casación, el recurrente precisa que el Tribunal de apelación al
- La Sala de igual manera halla convencimiento, en que la fundamentación y motivación de las
- De la lectura tanto del recurso de apelación restringida, en la porción aludida, y posterior
- “…el art
- Si bien el entendimiento jurisprudencial sobre las formas procesales se orienta en satisfacer el derecho
- En este sentido, se evidencia que el Auto de Vista 397/2018, respondió a las problemáticas
- Por los fundamentos expuestos, la Sala establece que los motivos propuestos por el imputado carecen
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
