Previa realización de audiencia de fundamentación oral del recurso (fs
En iguales condiciones, el en ese momento apelante, expuso que la pericia criminalística producida (MPPD28), fue valorada de forma equivocada, pues:
“…el tribunal…concluye que el mueble metálico no permitía una acción suicida como acto propio de la víctima; pero…olvidó valor que la…pericia se realizó con un Dummie colgando como péndulo, al momento de realizarse la prueba, el armario no estaba con toda la ropa encima ni entrelazado con el otro ropero metálico…el muñeco utilizado no tenía punto de apoyo en las extremidades, como lo tenía la víctima cuando se suicidó…si hubiese sido como manifestó el tribunal…de todas maneras también se habría caído por el peso dela víctima…” (sic)
Prosiguió, señalando que, no se tuvo presente que según esa prueba la víctima no se encontraba de rodillas como sostuvieron los testigos, lo que a la par no hubiera sido valorado por los de sentencia, pues:
“…al estar la víctima con las rodillas semiflexionadas, existía un punto de apoyo que evitó que se caiga el mueble, ese punto de apoyo eran los pies; por lo tanto, la semiflexión en las rodillas, hace ver que el cuerpo se encontraba a mayor altura de lo que indican en el peritaje” (sic)
Otras consideraciones en torno a tal pericia, precisaron divergencias sobre el origen de los datos del peso de la víctima, la posición de la víctima al momento del estrangulamiento, y aspectos que vinculas esos tópicos con el estado de embriaguez y subsecuente indefensión, razonada en Sentencia.
II.3 Auto de Vista
Previa realización de audiencia de fundamentación oral del recurso (fs. 468475) la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, con la relación de caso a cargo del Vocal Sandoval Fuentes y el voto de la Vocal Sandra Molina Villarroel, declaro la improcedencia de la pretensión del imputado, manteniendo de tal modo la integridad de la Sentencia 07/2018. De entre los argumentos relacionados al presente recurso de casación, se destaca lo siguiente:
II.3.1 Primeramente, el Tribunal de apelación declaró la admisibilidad del recurso, teniendo como base los arts. 394, 396 núm. 3), 407 y 408 del CPP, dividiendo su análisis en dos momentos, requisitos de forma [plazos y legitimidad procesal], y en segundo momento examinando y brindando juicio en torno a las consideraciones de fondo, esto es la opinión jurídico-procesal sobre la problemática
- Por memorial presentado el 14 de enero de 2019, de fs
- Contra la mencionada Sentencia, Jheysen Edilberto Vega Aguilar, promovió recurso de apelación restringida (fs
- Esta Sala en juicio de admisibilidad pronunció el Auto Supremo 172/2019-RA de 26 de marzo,
- Segundo motivo
- Solicitó que previo pronunciamiento sobre la admisibilidad de su recurso, “considerando ser ciertos y evidentes
- La argumentación en la que se fundó la condena, puede ser esquematizada en tres planos:
- El motivo que desencadenó la muerte…fue el tipo de personalidad del agresor quien según a
- [el acusado] no fue visto por ninguna otra persona hasta las 11:30 aproximadamente del 01-01-2014
- Se ha demostrado también que en el momento en que K fue estrangulada se encontraba
- La conducta del acusado resulta dolosa puesto que él sabía el estado de vulnerabilidad e
- De la declaración de COCA, se tiene que la víctima no estaba en total estado
- “…la psicóloga forense que realizó la referida autopsia, ha omitido los pasos que se deben
- Esa conclusión fue cuestionada en apelación restringida por carecer de elementos que condujeran a ese
- Asimismo, en torno a la conclusión sobre la personalidad de la occisa, dijo
- Previa realización de audiencia de fundamentación oral del recurso (fs
- También el Tribunal de apelación se mostró inhibido en “determinar si las contradicciones alegadas…en la
- Tocante a lo cuestionado sobre la Autopsia psicológica, el Tribunal de apelación sostuvo que el:
- Alega encontrarse en total indefensión, pues el Auto de Vista recurrido “impide…pueda obtener un pronunciamiento
- III
- De tal manera, siendo el primer elemento el derecho a recurrir las decisiones judiciales (especialmente
- En el recurso de apelación restringida, por su lugar inmediato posterior a imponerse una pena
- Retomando la idea que los límites de apelación restringida no están librados al albedrío, teniendo
- El argumento del Auto Supremo 174/2014, propuso establecer una media intermedia entre el postulado Constitucional
- En apelación restringida se enunciaron una serie de cuestionamientos específicos con el proceso de producción
- De hecho, la argumentación en el recurso de apelación restringida, abraza una exposición polarizada mas
- Las conclusiones del Tribunal de Sentencia en todos los casos no tuvieron origen ni fundamento
- El tribunal de apelación, fue reflexivo de tal aspecto, a lo largo de su Considerando
- Ciertamente, las alegaciones vertidas en apelación restringida, cuyo eco fue amplificado en casación matizado con
- Debe tenerse presente que, si bien existen amplias posibilidades de revisabilidad de una sentencia condenatoria,
- En el segundo motivo de casación, el recurrente precisa que el Tribunal de apelación al
- La Sala de igual manera halla convencimiento, en que la fundamentación y motivación de las
- De la lectura tanto del recurso de apelación restringida, en la porción aludida, y posterior
- “…el art
- Si bien el entendimiento jurisprudencial sobre las formas procesales se orienta en satisfacer el derecho
- En este sentido, se evidencia que el Auto de Vista 397/2018, respondió a las problemáticas
- Por los fundamentos expuestos, la Sala establece que los motivos propuestos por el imputado carecen
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, notifíquese y devuélvase
- Secretaria de Sala Dra. Judith Zulema Roque Orihuela
