Auto Supremo AS/0081/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0081/2020

Fecha: 24-Ene-2020

Contra la referida Resolución Suprema, la recurrente interpuso Acción de Amparo Constitucional dando lugar a

Resolución de primera instancia, que fue apelada por María René Calvo Salguero a través de su representante Roger Marcelo Ugarte Calvo, por memorial cursante de fs. 620 a 626 vta., a cuyo efecto la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz emitió el Auto de Vista N° S-312/2016 de 16 de septiembre CONFIRMANDO la sentencia impugnada bajo el siguiente argumento: Los demandantes hijos del causante Jebner Burgos Zambrana Román, interpusieron demanda de exclusión de herencia contra María René Calvo Salguero, por la causal establecida en el num. 3) del art. 1107 del Código Civil, quien abandonó voluntariamente su hogar conyugal e inició dos demandas de divorcio: la primera resultó improbada y la segunda hasta la fase de alegatos, ocurriendo en esa etapa el deceso del causante, conducta de la demandada que se adecuaría a la causal invocada, María René Calvo Salguero respondió en forma negativa señalando que no habiendo concluido el proceso de divorcio se hallaría habilitada como cónyuge supérstite.
Fallo de segunda instancia que es motivo de impugnación en esta instancia mediante escrito de fs. 662 a 665 vta., interpuesto por la demandada resuelto por este Tribunal Supremo de Justicia a través del Auto Supremo N° 230/2018 de 4 de abril cursante de fs. 689 a 696, declarando INFUNDADO el recurso de casación referido.
Contra la referida Resolución Suprema, la recurrente interpuso Acción de Amparo Constitucional dando lugar a la Sentencia Constitucional Nº 0284/2019-S4 de 29 de mayo, mediante la cual se concedió la tutela solicitada dejando sin efecto el Auto Supremo Nº 230/2018 de 4 de abril, motivando el pronunciamiento de la presente resolución