Auto Supremo AS/0081/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0081/2020

Fecha: 24-Ene-2020

En el fondo

1. Sostuvo que no se consideró, que la demanda tiene por objeto excluirla de la herencia para que no se favorezca con ningún bien y/o beneficio social fincado por el de cujus, de ahí que, no correspondía la apertura de la competencia civil, porque esta acción busca establecer sobre los beneficios sociales de su ex cónyuge, aspecto que merecería ser considerado por la jurisdicción laboral conforme previene el art. 1 del Código Procesal del Trabajo y el Auto Supremo N° 369/2014 de 11 de julio.
2. Acusó la falta de pronunciamiento en el Auto de Vista sobre el memorial de apelación de 9 de marzo de 2015, siendo que no cumplió con el principio de congruencia al resolver todas las cuestiones apeladas, puesto que no mereció pronunciamiento con relación al reclamo sobre la falta de competencia por no existir causa familiar, tampoco respecto a la falta de notificación con el Auto a fs. 601, la ausencia de valoración de la prueba documental, confesión provocada, declaraciones testificales y la falta de fundamentación jurídica en la sentencia.  
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