Auto Supremo AS/0081/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0081/2020

Fecha: 24-Ene-2020

III.3. De la competencia

El Auto Supremo N° 150/2010 de 21 de mayo, ha señalado: “….La doctrina entiende ese abandono como una intención de dar por conclusa la convivencia conyugal, otros como un incumplimiento de los deberes de cohabitación y de asistencia mutua, que el derecho sanciona precisamente con la exclusión hereditaria. Sea cual fuere la justificación doctrinal, queda claro que nuestra legislación reconoce que la exclusión del cónyuge supérstite separado de hecho, reposa en la culpabilidad de éste, aspecto que resuelve su vocación hereditaria, quedando, por lo tanto, a cargo de quien pretende hacer valer esa exclusión, la prueba de los hechos en que funda su pretensión...” (El subrayado nos corresponde)
III.3. De la competencia