Auto Supremo AS/0537/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0537/2020

Fecha: 10-Nov-2020

Refieren que la ley del notariado antigua y la actual, disponen que el notario debe

Sobre la fecha añadida.
Refieren que la ley del notariado antigua y la actual, disponen que el notario debe copiar la minuta sin hacer agregaciones de la minuta original, por ello habría violación de los arts. 28 y 185 de la Ley del Notariado de 1858, siendo el contrato elaborado nulo de toda nulidad, porque en la minuta contiene una declaración, como María Elena Quispe y es trasladada a la Escritura Pública coma María Elena Quispe Alvarado (fs. 273-275). Asimismo, se observa claramente que en la parte final le han agregado el lugar y la fecha, aspectos sobre el cual el Tribunal de Alzada no haría mención