Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0724/2020-RRC
Fecha: 11-Nov-2020
III.4. Análisis del caso
III.4. Análisis del caso
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Por memoriales presentados el 9 y 30 de octubre de 2018, Héctor Molina Condori de
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I.1. Antecedentes
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I.1.1. Motivos de los recursos de casación
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De los memoriales de los recursos de casación y del Auto Supremo 90-A/2020-RA de 27
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I.1.1.1. Del recurso de casación de Héctor Molina Condori
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I.1.1.2. Del recurso de casación del Viceministerio de Transparencia Institucional y Lucha Contra la Corrupción
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Denuncia que el Tribunal de alzada incurrió en el vicio de la incongruencia omisiva, en
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I.1.3. Admisión del recurso
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Mediante Auto Supremo 90-A/2020-RA de 27 de enero, de fs
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De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se establece lo siguiente
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El 9 de abril de 2014, el imputado Héctor Molina Condori, desempeñaba el cargo de
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El 9 de abril de 2014 se comunica a la Policía e inmediatamente se organiza
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II.2.1. Del recurso de Héctor Molina Condori
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La única prueba es la declaración del denunciante hace entender que él provocó el hecho,
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II.2.2. Del recurso del Viceministerio de Transparencia Institucional y Lucha Contra la Corrupción
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Así también de lo desarrollado respecto a las agravantes, la edad del acusado, al momento
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II.3.Del Auto de Vista impugnado
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Radicada la causa la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Potosí, resolvió
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En lo que concierne a la culpabilidad, de acuerdo a lo establecido en la Sentencia,
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Con relación al defecto establecido en el art
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Sobre el defecto de Sentencia previsto en el art
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II
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En atención al defecto de Sentencia previsto en el art
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En lo que respecta a la aplicación del art
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En el caso precedente los recurrentes denuncian que el Tribunal de alzada incurrió en: i)
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III.1. La labor de contraste en el recurso de casación
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Conforme lo dispuesto por el art
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El art
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La atribución de este Tribunal, de sentar y unificar jurisprudencia, contiene íntima y estrecha relación
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Por otro lado, la doctrina legal a ser dictada por este Tribunal en el supuesto
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III.2. La debida fundamentación de las resoluciones judiciales
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Orlando A
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El mismo autor citando a Joan Pico I
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Ese entendimiento fue asumido por este Tribunal en el Auto Supremo 218/2014 de 4 de
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III.3. El derecho al debido proceso
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Dentro de la jurisprudencia establecida por el Tribunal Supremo de Justicia respecto al debido proceso,
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Bajo ese marco garantista, se concluye lo siguiente
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III.4. Análisis del caso
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III.4.1. Del recurso de casación de Héctor Molina Condori
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Al respecto, se hace imperiosa la revisión de antecedentes con que se cuenta, pues el
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En atención a ello, el Tribunal de alzada consideró que corresponde precisar inicialmente que este
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De lo anotado, se puede establecer que ante el agravio del recurrente en apelación restringida
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Denuncia la parte recurrente que en apelación restringida acusó la inobservancia o errónea aplicación de
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En el mismo sentido que en el anterior motivo, es preciso efectuar la consideración de
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El supuesto fáctico encuadró en la descripción del tipo; en cuanto al dolo, el proceso
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Ahora bien, este Tribunal llega a determinar con base en la simple lectura de los
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III.4.2. Del recurso de casación del Viceministerio de Transparencia Institucional y Lucha Contra la Corrupción
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III
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La entidad recurrente señala que el Tribunal de alzada incurrió en falta de motivación al
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Al respecto, dicha entidad apelante, invocó como precedente contradictorio, al Auto Supremo 38/2013-RRC de 18
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En este ámbito, el juez o tribunal que fija una pena tiene la obligación de
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La edad, es un factor que, dependiendo del caso, puede operar como agravante o atenuante
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Sin embargo, la sola falta de arrepentimiento o confesión no puede valorarse para hacer más
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Al respecto, del análisis del Auto Supremo se establece que las problemáticas procesales son distintas,
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Por lo referido, al haberse establecido que el precedente invocado no tiene situación de hecho
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En relación a lo anterior -al igual que en el anterior motivo-, del análisis del
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La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
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Regístrese, hágase saber y devuélvase.
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