Auto Supremo AS/0724/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0724/2020-RRC

Fecha: 11-Nov-2020

Sobre el defecto de Sentencia previsto en el art


Sobre el defecto de Sentencia previsto en el art. 370 núm. 11) del CPP, señaló que corresponde precisar inicialmente que este defecto de Sentencia se puede configurar en relación con el art. 362 del CPP por inobservancia de tal norma; lo que refleja los parámetros para determinar la vulneración al principio de congruencia dentro del presente motivo de apelación; en consecuencia, el debate para demostrar el defecto de Sentencia denunciado, por mandato legal, debe estar circunscrito a los parámetros legales en vigor, porque no sería coherente que el Tribunal de alzada determine que se evidenció que se vulneró el principio de congruencia porque no existe congruencia entre las descripciones típicas, asimilando las mismas a hechos y coligiendo sobre esa base que se le condenó por un hecho distinto al acusado. Los demás alegatos referidos esencialmente a una falta de fundamentación no configuran elementos que sustenten el defecto de Sentencia que se denuncia, los que además se vinieron absueltos de acuerdo a lo establecido en cada uno de los agravios de forma pertinente