Auto Supremo AS/0131/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0131/2020

Fecha: 20-Feb-2020

Teniendo claro que el tema en debate radica en la falta de consentimiento de la

Teniendo claro que el tema en debate radica en la falta de consentimiento de la demandante, en el EP 173/2015, del análisis de los medios de prueba advertimos lo siguiente:
Por certificado de matrimonio a fs. 34, se acreditó que Modesto Surco Quispe y Juana Sosa Huanca contrajeron matrimonio en fecha 14 de octubre de 1972, vinculo jurídico conyugal que no se ha extinguido, al no existir prueba de aquello