Auto Supremo AS/0191/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0191/2020-RRC

Fecha: 17-Feb-2020

El Tribunal Tercero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, declaró a Mauricio


El Tribunal Tercero de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, declaró a Mauricio Peredo Mercado y Patricia Faviola Peredo Mercado, absueltos de la comisión del delito de Falsedad Ideológica, al concluir a partir del contenido de la acusación pública a la cual se adhirió Eleazar Jamin Nina Terán, el Auto de Apertura de Juicio 302/2017 de 12 de octubre y la calificación del hecho como Falsedad Ideológica, que el documento suscrito entre el Gerente del Banco de Crédito S.A. y supuestamente Eleazar Jamin Nina Terán y Patricia Faviola Peredo Mercado, fue relaizado mediante un documento privado, es decir sin intervención de Notaria de Fe Pública, siendo que el documento de referencia de 21 de marzo de 2012, no fue reconocido en sus firmas y rúbricas a momento de su suscripción, sin que tenga la categoría de instrumento público, imposibilitando ingresar al análisis de los demás elementos objetivos del tipo penal de Falsedad Ideológica, aunque quede claro que la persona que suplantó la identidad de Eleazar Jamin Nina en el Banco de Crédito, en el trámite para la obtención del crédito fue el coacusado Mauricio Peredo Mercado