Auto Supremo AS/0191/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0191/2020-RRC

Fecha: 17-Feb-2020

Sumado a lo anterior, tal como se estableció en el acápite precedente (III


Sumado a lo anterior, tal como se estableció en el acápite precedente (III.2.1.), la nulidad de la Sentencia y reenvío que dispuso el Tribunal de alzada, no sólo tuvo como origen la errónea tipificación del hecho; sino, la falta e inconsistente fundamentación probatoria e intelectiva, extremo reclamado por ambas partes y que fue acogido por el Tribunal de apelación, en tales circunstancias y ante la evidencia de los defectos advertidos en la Sentencia, únicamente correspondía la nulidad de la Sentencia y no así la subsanación por el Tribunal de alzada, en consecuencia tampoco se advierte contradicción del Auto de Vista impugnado con los precedentes citados por el recurrente, lo que determina que el recurso formulado por la parte querellante devenga en infundado”