Auto Supremo AS/0187/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0187/2020

Fecha: 20-Mar-2020

II. RECURSO DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN Y ADMISIÓN

II. RECURSO DE CASACIÓN, CONTESTACIÓN Y ADMISIÓN:
Contra el indicado Auto de Vista, el representante de la empresa demandada interpuso recurso de casación, en el que alegó que:
El Tribunal de alzada aplicó e interpretó erróneamente los arts. 12 de la Ley General del Trabajo (LGT), 3 del Decreto Supremo (DS) N° 110 de 1 de mayo de 2009 y 49 del Decreto Reglamentario de la Ley General del Trabajo (DR-LGT); así como, realizó una incorrecta valoración o apreciación de la prueba, incurriendo en error de derecho, con relación al pago del desahucio y el pago de la prima anual de las gestiones 2009 y 2010.
Señala, que conforme establece el art. 12 de la LGT, el empleador y el trabajador no pueden rescindir de la relación de trabajo, sino era con el preaviso; que para el caso de la empresa, con una antelación de 90 días; bajo sanción en caso de omisión, con el abono de la suma equivalente al sueldo del tiempo mencionado; preaviso, que en el presente, su padre (Ismael Mora Viscarra), cumplió con comunicarle al ex –trabajador con tres meses de anticipación para que busque otro empleo, lo que significó que el demandante, no fue sorprendido de manera abrupta por tal decisión