Auto Supremo AS/0236/2020
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0236/2020

Fecha: 20-Mar-2020

Denunció la errónea aplicación e interpretación del art

En el fondo.
Denunció la errónea aplicación e interpretación del art. 549 inc 3) y 4) del CC, manifestando que el Ad quem no consideró que el contrato de 30 de enero de 2009 no se encuentra viciado de nulidad, debido a que cumple con los requisitos que exige el art. 452 concordante con el art. 584 del CC; pues, el actor no ha demostrado que dicho acuerdo afecte la moral, las buenas costumbres o la ley mucho menos exista error esencial sobre la naturaleza o sobre el objeto del contrato. Por ello, existe error de derecho en la apreciación de las pruebas, ya que es imposible que un documento aclaratorio o las declaraciones testificales puedan desvirtuar la eficacia probatoria de los títulos propietarios originales de los vendedores y de la compradora, puesto que estos documentos solo pueden ser desvirtuados por prueba de igual o superior valor