Auto Supremo AS/0355/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0355/2020-RRC

Fecha: 28-Jul-2020

Así también, menciona que en apelación restringida demostró la inexistencia del art


Así también, menciona que en apelación restringida demostró la inexistencia del art. 28 de la Ley 004 y que el Tribunal de alzada no se pronunció sobre los puntos expuestos poniéndolo en estado de indefensión absoluta, teniendo en cuenta que el Tribunal de juicio no aplicó la sana crítica, lógica y experiencia en otorgar el valor eficaz a cada prueba, en ese sentido el Auto de Vista omite pronunciarse sobre los puntos cuestionados, pues todos los acusados deben conocer que la acusación y la Sentencia debe ser legal, apegada a la sana crítica, pues se demostró la inexistencia del hecho menos se puede establecer los elementos del tipo penal, que incide en el deber del Tribunal de alzada de realizar el control de la concurrencia del proceso sin que se vulneren derechos o garantías constitucionales conforme a las previsiones del art. 169 inc. 3) del CPP, por lo tanto se tiene que el Tribunal de apelación afecta al imputado por ratificar la Sentencia y declarar improcedente la apelación restringida, sin pronunciarse sobre todos los puntos cuestionados sin respetar el principio de legalidad, el debido proceso, considera que la resolución violó el art. 124 la cual no existió una debida motivación, fundamentación y fue incongruente, la cual debería aplicar la absolución o inocencia y el debido proceso como establece el art. 119 y 115 de la CPE., además de expresar los art. 20, 22, 23, 350 del CP y 28 de la Ley 004. Invoca el Auto Supremo 85/2012-RA