Auto Supremo AS/0406/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0406/2020-RRC

Fecha: 28-Jul-2020

En la fundamentación de derecho la sentencia refiere que habiéndose dado tres disparos a


En la fundamentación de derecho la sentencia refiere que habiéndose dado tres disparos a la víctima “lo relevante e incongruente valoración de la prueba se encuentra en lo que sigue, armas que fueron encontradas en el domicilio del coacusado Richard Silvestre Lima quién también participó en el robo y que refiere por cuanto Richard Silvestre Lima proporciono las armas para perpetrar dicho robo a fin de reducir a sus ocupantes y asegurar el resultado”. “Seguidamente refiere el Tribunal…se tiene que el co acusado a realizado el ilícito por sí solo…la declaración del co acusado Richard Silvestre Lima… señaló que amir le dijo: que quien disparó al taxista fue Toni y …Milenka Ramos identificó al señor Einar Heredia Rivero”. Fundamentación que incurre en contradicciones, pues si su persona interceptó significa que ingresó dentro del vehículo en consecuencia la persona que disparó en el omoplato de acuerdo al levantamiento del cadáver realizado por el investigador, preguntándose respecto a los dos disparos de arma que recibió la víctima en la altura del colon e hígado lado izquierdo que son mortales, quien fue quien realizó esos disparos, siendo el respaldo para condenarlo la declaración de Richard Silvestre Lima que también es acusado no pudiendo basarse la Sentencia en dicha declaración existiendo una errónea valoración de la prueba. En cuanto a la declaración de Milenka Ramos Aguirre que identificó a su persona, lo cual no está en discusión el delito de Robo Agravado, ya que, todos los acusados participaron; sin embargo, en el delito de Asesinato nada tiene que ver su persona. Cita el Auto Supremo 65/2012-RA de 19 de abril