Auto Supremo AS/0406/2020-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0406/2020-RRC

Fecha: 28-Jul-2020

Por los argumentos expuestos, se concluye que el Auto de Vista impugnado, no incurrió en


Sobre las problemáticas planteadas el Auto de Vista impugnado precisó que, los mismos se tornan en reiterativos, puesto que, ya fueron objeto de un análisis pormenorizado (en los puntos 2.1, 2.2, 2.3 y 2.4 del fallo impugnado), por lo que le resultó innecesario desarrollarlos nuevamente, ya que, dichas denuncias, ya habían sido atendidas; añadiendo que los mismos, fueron invocados de forma simplista y genérica sin llegar a determinar los requisitos de su procedencia, argumentos que no denotan falta de fundamentación, puesto que, resulta evidente que los fundamentos que reclama el recurrente en los agravios décimo quinto y décimo sexto, ciertamente son reiterativos, pues si bien refiere la fundamentación de la Sentencia; no obstante, los fundamentos de fondo versan sobre la defectuosa valoración de la prueba, aspecto que fue considerado por el Tribunal de alzada a tiempo de resolver los agravios segundo al décimo segundo, por lo que, se concluye que el Auto de Vista impugnado no incurrió en contradicción con los precedentes invocados; toda vez, que no incidió en falta de fundamentación; por cuanto, identificó los agravios aclarando que guardaban relación y ya fueron resueltos para lo cual especificó los puntos en los que fueron resueltos.

Por los argumentos expuestos, se concluye que el Auto de Vista impugnado, no incurrió en falta de fundamentación; toda vez, que resolvió los agravios de apelación de manera expresa, clara y completa, ajustando su actividad jurisdiccional a lo previsto por el art. 124 del CPP, en consecuencia, no se advierte contradicción con los precedentes invocados; por lo que, el presente motivo deviene en infundado