Sentencia Rol 3329 - 2016
Tribunal Constitucional de Chile

Sentencia Rol 3329 - 2016

Fecha: 05-May-2021

0000295 DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO 27 II

0000295 DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO 27 II. QUE, HABIÉNDOSE PRODUCIDO EMPATE DE VOTOS, NO SE HA OBTENIDO LA MAYORÍA EXIGIDA POR EL ARTÍCULO 93, INCISO PRIMERO, NUMERAL 6° DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA PARA DECLARAR LA INAPLICABILIDAD REQUERIDA, POR LO CUAL SE RECHAZA EL REQUERIMIENTO DEDUCIDO EN LO CONCERNIENTE AL ARTÍCULO 11, LITERAL D), DE LA LEY N° 20.285, EN LA FRASE “PROPORCIONAR INFORMACIÓN EN LOS TÉRMINOS MÁS AMPLIOS POSIBLES”. III. ÁLCESE LA SUSPENSIÓN DEL PROCEDIMIENTO DECRETADA EN AUTOS. OFÍCIESE. DISIDENCIA Acordada con el voto en contra de los Ministros señores GONZALO GARCÍA PINO, y NELSON POZO SILVA, y señora MARÍA PÍA SILVA GALLINATO, quienes estuvieron por rechazar íntegramente el requerimiento deducido, por las siguientes razones: I. Sobre la gestión pendiente y el carácter decisivo de los preceptos impugnados 1°. Con fecha 5 de marzo de 2020, don Hernán Espinoza Zapatel solicitó a la requirente la siguiente información: “a) …se me informe acerca de los centros de producción salmonera que informaron, en el año 2019 y en las Regiones de Los Ríos, Los Lagos, Aysén y Magallanes, la presencia de las enfermedades de peces siguientes: Vibriosis, Furunculosis y Estreptococosis. b) Solicito que los centros de cultivo informantes de estas patologías sean identificados al menos por su Titular y Número de Registro Nacional de Acuicultura (RNA)". Mediante resolución exenta N° 682, de fecha 30 de marzo de 2020, la requirente denegó parcialmente el acceso a la información solicitada respecto de la cual sus titulares se opusieron expresamente a su divulgación, entre las cuales se encuentra la requirente. El solicitante de información dedujo amparo a su derecho de acceso a la información en contra del Sernapesca, el cual fue acogido por el CPLT, con fecha 28 de julio de 2020, en causa rol C1759-20. Contra el fallo del Consejo para la Transparencia, la requirente dedujo reclamo de ilegalidad, en actual conocimiento de la Corte de Apelaciones de Puerto Montt (rol 70-2020). Esta es la gestión judicial que sirve de base al presente requerimiento. 2°. La cuestión constitucional que debe dilucidar esta Magistratura es la interpretación del artículo 8° de la Constitución, y cómo esta interpretación es