Sentencia Rol 9972 - 2020
Tribunal Constitucional de Chile

Sentencia Rol 9972 - 2020

Fecha: 05-May-2021

0000423 CUATROCIENTOS VEINTE Y TRES 8 revestida de un importante interés público, pues mediante el conocimiento de dicha información se puede acceder a las enfermedades que afectan a la industria del salmón de cultivo y el uso de los pesticidas consultados que utilizan las empresas del rubro, lo que resulta de suma relevancia, puesto que una aplicación excesiva de dichos pesticidas, pueden llegar a repercutir en la salud de las personas y el medio ambiente, por lo que el acceso a la misma, permite a la ciudadanía realizar un escrutinio público sobre la forma en que el Sernapesca ejecuta sus funciones fiscalizadoras y vela por la salud pública

0000423 CUATROCIENTOS VEINTE Y TRES 8 revestida de un importante interés público, pues mediante el conocimiento de dicha información se puede acceder a las enfermedades que afectan a la industria del salmón de cultivo y el uso de los pesticidas consultados que utilizan las empresas del rubro, lo que resulta de suma relevancia, puesto que una aplicación excesiva de dichos pesticidas, pueden llegar a repercutir en la salud de las personas y el medio ambiente, por lo que el acceso a la misma, permite a la ciudadanía realizar un escrutinio público sobre la forma en que el Sernapesca ejecuta sus funciones fiscalizadoras y vela por la salud pública. Añade, aplicando el artículo 4° de la Constitución, que es posible dar prioridad a los valores vinculados con la salud humana y la protección del medio ambiente, ya que en el contexto de un Estado Democrático de Derecho, es necesaria la existencia de una fiscalización o control social, que debe ejercerse por los ciudadanos, sin perjuicio del control que le cabe al propio Sernapesca, respecto de las empresas del rubro del cultivo de la especie salmón, para así poder fiscalizar el debido cumplimiento de las funciones públicas por parte de los Órganos del Estado, que como precisa la Constitución Política, se deben al principio servicial sobre la persona humana y cuya finalidad esencial es promover el bien común. En el ejercicio de sus funciones, indica que Sernapesca no solo dicta actos administrativos de constancia o conocimiento, como puede ser catalogados los “Informes sobre Uso de Antimicrobianos en la Salmonicultura Nacional”, a la luz de lo dispuesto en el inciso sexto del artículo 3 de la Ley N° 19.880, elaborados a partir de los datos que las empresas de cultivo declaran mensualmente a la plataforma SIFA, sino que también dicta actos y resoluciones administrativas de aquellas a las que se refiere el inciso 1° del artículo 3° de mencionada ley, existiendo en ambos casos, esto es, tanto respectos de los primeros, como de los segundos, plena concordancia y armonía en la aplicación de los preceptos impugnados con lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 8° de la Constitución, pues a partir de lo señalado en los incisos primero y segundo de los artículos 5 y 10° de la Ley de Transparencia, el Consejo para la Transparencia, dispuso la publicidad y entrega de información que constituye fundamento de actos administrativos, sean estos, de constancia o conocimiento o típicas resoluciones administrativas, pronunciadas específicamente sobre la materia a la que se refiere la solicitud de acceso a la información. Así, indica que verificar el estado sanitario de las especies hidrobiológicas y controlar las enfermedades de alto riesgo, declarar zonificaciones, ya sea con carácter de infectada o de vigilancia y dictar los programas sanitarios específicos de control o erradicación para la enfermedad o zona determinada, SERNAPESCA accede a la información como la consultada, ya que ello es parte del ejercicio permanente de sus funciones fiscalizadoras, pues de otra forma no podría monitorear ni controlar la sustentabilidad del sector, ni la protección de los recursos hidrobiológicos y su medio ambiente, y consecuencialmente, sin la información que las empresas le proporcionan, no podría anticiparse a resguardar la inocuidad de los recursos hidrobiológicos, ni la