Suprema Corte de Justicia de la Nación
ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD 106/2018 Y SU ACUMULADA 107/2018. DIPUTADOS INTEGRANTES DEL CONGRESO DE SINALOA Y COMISIÓN NACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS. 9 DE SEPTIEMBRE DE 2021. PONENTE: ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA. SECRETARIA: M.G. ADRIANA ORTEG
Fecha: 09-Sep-2022
Vi Norma Impugnada
26. El texto impugnado por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y la minoría parlamentaria dice lo siguiente:
"Artículo 4o. Bis A. Las personas son titulares de los siguientes derechos y libertades reconocidos por esta Constitución:
"I. Toda persona tiene derecho a que se respete su vida. El Estado tutela el derecho a la vida desde el momento en que un individuo es concebido, entra bajo la protección de la ley correspondiente, hasta su muerte, respetando en todo momento la dignidad de las personas. ..."
- I Antecedentes Y Trámite De La Demanda
- E La Minoría Parlamentaria Somete La Norma A Un Test De Proporcionalidad
- Conceptos De Invalidez En Su Demanda El Presidente De La Comisión Argumentó Lo Siguiente
- Ii Competencia
- Iii Oportunidad
- Las Acciones De Inconstitucionalidad Fueron Promovidas Por Parte Legitimada
- V Causas De Improcedencia Y Sobreseimiento
- Vi Norma Impugnada
- Vii Estudio De Fondo
- B Restringir Con Ello Derechos Humanos Protegidos Constitucional Y Convencionalmente
- Tal Como Se Dijo En La Acción De Inconstitucionalidad
- Así En La Acción De Inconstitucionalidad Este Pleno Sostuvo
- Derecho A La Salud
- Derecho A La Vida
- Derecho A La No Discriminación
- Viii Efectos
- Ix Decisión
- Primeroes Procedente Y Fundada La Presente Acción De Inconstitucionalidad Y Su Acumulada
- En Relación Con El Punto Resolutivo Primero
- En Relación Con El Punto Resolutivo Segundo
- En Relación Con El Punto Resolutivo Tercero
- Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos
- Acción De Inconstitucionalidad Párrafos Y
- En Efecto La Exposición De Motivos Enuncia
- Párrafo
- Resuelto En Sesión De Quince De Mayo De Dos Mil Diecinueve Por Unanimidad De Cinco Votos
- Corte Constitucional Colombiana Sentencia C
- Artículo Los Estados Partes Tomarán Todas Las Medidas Apropiadas Para
- C Que Sea Perpetrada O Tolerada Por El Estado O Sus Agentes Donde Quiera Que Ocurra
- A El Derecho De La Mujer A Ser Libre De Toda Forma De Discriminación Y