AMPARO DIRECTO EN REVISIÓN 3111/2013. 14 DE MAYO DE 2014. CINCO VOTOS DE LOS MINISTROS ARTURO ZALDÍVAR LELO DE LARREA, JOSÉ RAMÓN COSSÍO DÍAZ, QUIEN RESERVÓ SU DERECHO PARA FORMULAR VOTO CONCURRENTE, ALFREDO GUTIÉRREZ ORTIZ MENA, OLGA SÁNCHEZ CORDERO
Fecha: 11-Oct-2019
De Febrero De La Columna Del Diablito Página
La columna inicia describiendo el negocio de carros robados que imperaba durante la administración de **********, en la que el procurador general de Justicia del Estado, **********, ordenaba al Ministerio Público que sustituyera la hoja que describía el vehículo robado por una falsa, en la que se omitía la recuperación del vehículo, lo que dejaba a los "robacarros" contentos porque se les liberaba por "falta de elementos para procesar". Lo que originó que en ese sexenio surgiera el verbo "**********rear", lo cual aduce fue publicado por la casa editorial, con documentos incluidos, lo que provocó gran escándalo. Señala que el negocio se puso nuevamente de moda "en el déspota y tirano desgobierno" del **********-Pillo **********, quien todavía conservaba un poco de cordura, porque prohibió que los policías condujeran unidades robadas. No obstante lo cual, comenzó en grande la corrupción, pues hasta un conocido cardiólogo, amigo de **********, vendía al mejor postor flamantes vehículos robados con facturas apócrifas. Durante esa administración casi todos los policías ministeriales utilizaban carros robados "recuperados". Posteriormente, cuando inicia el gobernador Reynoso Femat, una de sus primeras órdenes fue la de que ningún servidor público, empezando por los policías, trabajara con carros robados, lo que acompañó de una reforma al código penal para sancionar la posesión de autos reportados como robados. Se transcribe el comunicado de la iniciativa de reforma del Código Penal del Estado, para equiparar la posesión de autos robados al robo de los mismos.
Señala que de haber estado en vigor esta ley durante la administración de **********, hubieran ido a prisión varias personas que enumera, "varios familiares" de ********** y la inmensa mayoría de los policías.
Concluye su nota de la siguiente manera: "********** no tiene remedio: está desquiciado. No cesa de tejer falsas y perversas historias para despojar a quien esto escribe, de los cabezales de Tribuna Libre y página 24. Pero además, el conocido ‘hambreador’, acopiador de armas de fuego y distribuidor de galletas de animalitos, entre otras vainas, pretende dejarlo sin propiedad alguna y refundirlo en prisión. Para eso viene utilizando el fuero, el poder y sus millones, desde hace varios años. El infeliz no ha de dormir contando los días en que habrán de concluir sus perversos crímenes, nacidos de su hitleriano cerebro."
- Considerando
- I Antecedentes Del Asunto
- Se Declaró Finalmente Competente Para Conocer Del Asunto
- Ii Conceptos De Violación En Sus Conceptos De Violación El Quejoso Adujo En Esencia Lo Siguiente
- Iv Agravios En Su Escrito De Agravios El Recurrente Adujo En Esencia
- Dichos Argumentos Son Inoperantes Por Las Razones Que Se Explican A Continuación
- De Octubre De La Columna Del Diablito Página
- De Diciembre De La Columna Del Diablito Página
- Página Por
- De Diciembre De Portada Y La Columna Del Diablito Página
- Página Por Y
- De Enero De La Columna Del Diablito Página
- De Febrero De La Columna Del Diablito Página
- Semana Del Al De Marzo De Portada
- De Marzo De La Columna Del Diablito Página
- De Abril De La Columna Del Diablito Página
- De Abril De Página
- De Mayo De La Columna Del Diablito Página
- De Julio De
- De Agosto De La Columna Del Diablito Página
- De Septiembre De La Columna Del Diablito Página
- De Noviembre De Portada Y La Columna Del Diablito Página
- De Diciembre De Por
- De Agosto De Página
- De Agosto De Página Por Mario Luis Ramos Rocha
- De Septiembre De Página
- I Derechos Fundamentales En Pugna
- Reformado Primer Párrafo Dof De Junio De
- Adicionado Dof De Junio De
- Reformado Dof De Junio De
- Toda Persona Tiene Derecho Al Respeto De Su Honra Y Al Reconocimiento De Su Dignidad
- Ii Estándar Aplicable Al Caso Concreto
- En Torno Al Criterio De Veracidad De La Información Esta Primera Sala Ha Sostenido Lo Siguiente
- Al Respecto Es Aplicable La Tesis Siguiente
- Por Su Parte El Tribunal Constitucional Español En La Sentencia Sct Sostuvo
- Iii Análisis De Las Notas Periodísticas Y Contestación De Agravios
- Primeroen La Materia De La Revisión Se Confirma La Sentencia Recurrida
- La Columna Del Diablito Pelos Y Señales Una Dos Y Tres Comenzamos
- La Publicación De Fecha Veintinueve De Enero De Dos Mil Nueve
- En La Publicación De Dos De Octubre De Dos Mil Ocho Se Establece
- En La Publicación De Dos De Enero De Dos Mil Nueve Se Establece
- El Robo
- En La Publicación De Tres De Septiembre De Dos Mil Nueve Se Establece
- Sólo Mentes Enfermas Y Criminales Como Las De Es Tercia De Delincuentes
- En La Publicación De Cinco De Febrero De Dos Mil Nueve Se Establece
- En La Publicación De Diecinueve De Febrero De Dos Mil Nueve Se Establece
- Y Razón No Le Falta
- En La Publicación De Doce De Marzo De Dos Mil Nueve Se Establece
- En La Publicación De Dieciocho De Diciembre De Dos Mil Ocho Se Establece
- En La Publicación De Veintiséis De Diciembre De Dos Mil Ocho Se Establece
- Ya Chole
- Sin Vergenzas
- En La Publicación De Dieciocho De Marzo De Dos Mil Diez Se Establece
- Olía Pero Que Francés Y Robó Desodorantes
- Amparo Directo En Revisión Amparo Directo Y Amparo Directo
- Amparo Directo
- Amparo Directo Y Amparo Directo Entre Otros
- Stc Fundamento Jurídico
- Amparo Directo En Revisión
- Whatever Is Added To The Field Of Libel Is Taken From The Field Of Free Debate
- Sentencia Dictada El De Marzo De Parr
- Ibídem P
- Iii Que Se Hizo Con El Único Propósito De Dañar
- Artículo En Los Demás Casos Bastará Que Se Demuestre La Negligencia Inexcusable Del Demandado
- Ibídem