AMPARO DIRECTO 754/2011 (CUADERNO AUXILIAR 65/2012). 18 DE ABRIL DE 2012. UNANIMIDAD DE VOTOS, CON VOTO CONCURRENTE DE LA MAGISTRADA EDWIGIS OLIVIA ROTUNNO DE SANTIAGO. PONENTE: JUAN MANUEL SERRATOS GARCÍA. SECRETARIA: ANA CECILIA MORALES AHUMADA.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 754/2011 (CUADERNO AUXILIAR 65/2012). 18 DE ABRIL DE 2012. UNANIMIDAD DE VOTOS, CON VOTO CONCURRENTE DE LA MAGISTRADA EDWIGIS OLIVIA ROTUNNO DE SANTIAGO. PONENTE: JUAN MANUEL SERRATOS GARCÍA. SECRETARIA: ANA CECILIA MORALES AHUMADA.

Fecha: 18-Abr-2012

Artículo El Notario Redactará Las Escrituras En Español Observando Las Reglas Siguientes

"I. Expresará el lugar y fecha en que se extiende la escritura, su nombre y apellido y el número de la notaría a su cargo;

"II. Indicará la hora en los casos en que la ley así lo prevenga o sea necesario, atendiendo a la naturaleza del acto;

"III. Consignará las declaraciones que hagan los otorgantes como antecedentes o preliminares y certificarán que ha tenido a la vista los documentos que se le hubieren presentado y que se hayan relacionado o insertado en esta parte expositiva proemio de la escritura. Si se tratare de inmuebles, relacionará cuando menos al último título de propiedad del bien o del derecho a que se refiere la escritura y citará su inscripción en el Registro Público de la Propiedad o expresará la razón por la cual aún no está registrado;

"IV. Cuando tenga que citar algún instrumento, pasado ante la fe de otro notario indicará precisamente la fecha del documento, el número de la notaria y todas aquellas circunstancias que sean de su conocimiento y permitan localizar fácilmente el instrumento citado;

"V. Consignará el acto en cláusulas redactadas con claridad y precisión evitando toda palabra o formula inútil o anticuada.

"VI. Designará con precisión a cosas que sean objeto del acto de tal modo que no puedan confundirse con otras, y, si se tratara de bienes inmuebles, determinará su naturaleza, su ubicación y sus colindancias o linderos, y en cuanto fuere posible, su extensión superficial;