AMPARO DIRECTO 867/2011. 5 DE JUNIO DE 2012. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: RAÚL ARTURO HERNÁNDEZ TERÁN, SECRETARIO DE TRIBUNAL AUTORIZADO POR EL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL PARA DESEMPEÑAR LAS FUNCIONES DE MAGISTRADO. SECRETARIA: LIDIA
Fecha: 05-Jun-2012
D Con Plenitud De Jurisdicción Resuelva Lo Procedente Conforme A Derecho
Por lo expuesto y con apoyo además, en los artículos 107, fracción V, inciso d) de la Constitución General de la República; 76, 77, 78, 80 y 190 de la Ley de Amparo; 35 y 37, fracción I, inciso d) de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, se resuelve:
ÚNICO. Para los efectos puntualizados al final del último considerando de esta ejecutoria, la Justicia de la Unión ampara y protege a **********, contra el laudo de treinta y uno de marzo de dos mil once, dictado por el Tribunal Estatal de Conciliación y Arbitraje del Estado de México, radicado en esta ciudad, en el expediente **********.
Notifíquese, con testimonio de esta resolución, vuelvan los autos al lugar de su procedencia y en su oportunidad archívese el presente expediente como asunto concluido.
Así, por unanimidad de votos, lo resolvió el Primer Tribunal Colegiado en Materia de Trabajo del Segundo Circuito, que integran los Magistrados, presidente Alejandro Sosa Ortiz y Arturo García Torres, así como el Secretario de Tribunal en funciones de Magistrado licenciado Raúl Arturo Hernández Terán, autorizado por la Comisión de Carrera Judicial del Consejo de la Judicatura Federal a partir del trece de junio del año dos mil once hasta en tanto el Pleno del Consejo de la Judicatura Federal adscriba Magistrado de Circuito que integre este tribunal, ante el secretario de Acuerdos.
En términos de lo previsto en los artículos 3, fracciones I, II, III y XIV, inciso c), 8, 9, 13, fracción V, 14 fracción IV, 15 y 18, fracción II, de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y 85, párrafo cuarto, del Acuerdo General 84/2008, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, en esta versión pública se suprime la información considerada legalmente como reservada o confidencial que encuadra en esos supuestos normativos.
- Considerando
- Refutación De Las Prestaciones
- Apoya Lo Anterior La Siguiente Tesis Jurisprudencial
- Artículo Se Transcribe
- Trabajadores De Confianza Horas Extras Carga De La Prueba Se Transcribe Y Cita Precedentes
- En Relación Con Los Hechos Aludidos Por La Impetrante En Su Escrito Inicial De Demanda Se Expresa
- Excepciones Y Defensas
- Puntos Resolutivos Que Se Sustentaron En Las Consideraciones Siguientes
- Sexto Contra El Laudo Que Antecede El Quejoso Adujo Como Conceptos De Violación Los Siguientes
- Confesión Ficta En El Procedimiento Laboral Se Transcribe Y Cita Precedentes
- En El Motivo De Disenso Primero Se Alega En Esencia Lo Siguiente
- En El Concepto De Violación Segundo Se Indica En Síntesis Que
- Artículo E En El Desahogo De La Prueba Confesional Se Observarán Las Normas Siguientes
- En Ese Contexto Como Se Indicó Las Argumentaciones Son Fundadas Pero Inoperantes
- En Forma Previa Este Colegiado Puntualiza Que El Precepto Invocado Establece Que
- A Deje Insubsistente El Laudo Impugnado
- D Con Plenitud De Jurisdicción Resuelva Lo Procedente Conforme A Derecho