AMPARO DIRECTO 303/2017. 14 DE JUNIO DE 2018. MAYORÍA DE VOTOS. DISIDENTE: MARTÍN ÁNGEL RUBIO PADILLA. PONENTE: JOSÉ LUIS GONZÁLEZ. SECRETARIA: SAIRA LIZBETH MUÑOZ DE LA TORRE.
Fecha: 26-Abr-2019
Testimonio Rendido Por La Menor La Cual Manifestó
"...que se encuentra acompañada del tutor nombrado en autos **********, a quien se le concede el uso de la voz para que manifieste si la menor compareciente debe dar su testimonio ante esta autoridad, a lo que manifiesta que la menor se encuentra tranquila y está en condiciones de rendir su testimonio. Así pues, la menor manifiesta ser mexicana, de 14 catorce años de edad, originaria y vecina de Guadalajara, Jalisco, que nació el **********, que sí sabe leer y escribir por estar estudiando la secundaria, con domicilio en la calle **********, número ********** en la colonia **********, en Guadalajara, Jalisco; así también con fundamento en el artículo 202 del enjuiciamiento penal para el Estado, se cuestiona al testigo compareciente, si se halla ligada con el inculpado o el ofendido por vínculo de parentesco, amistad o cualesquiera otro. Manifestando que: ‘Sí, el inculpado es mi papá’, y si tiene motivos de odio o rencor en contra de alguna de las partes o interés alguno en el presente asunto, a lo que responde que: ‘No tengo ni odio ni rencor en contra de ninguna de las partes’. (Haciéndosele saber en este momento quiénes son las partes en este proceso ********** como procesado e ********** como ofendida, así pues, continuando con la diligencia, la menor dijo: pues conocí a ********** en el verano del dos mil once, fue un viaje que mis abuelos organizaron para todos, la verdad entre ********** y mi hermano ********** y yo, éramos muy distanciados no nos hacía tanto caso, la conocí durante cuatro años y pues todo estuvo bien no hubo ninguna pelea, y pues mi hermano y yo no nos hemos metido en ningún problema porque normalmente si hacemos algo malo, nos castigan de no poder salir, luego mis abuelos me mandaron a estudiar un año fuera, fue en el dos mil trece catorce (sic), la verdad a mí no me tocó estar cuando todo pasó, sólo cuando volví tuve que irme a vivir a casa de mis abuelos porque ********** se encerró en la casa, porque mi papá le pidió el divorcio, luego ella demandó a mi papá de haberla amenazado, supe esto cuando mi papá me habló para contarme toda la situación para que cuando yo llegara no me asustara de eso, el trato que tenían entre mi papé (sic) e ********** eran muy cariñosos, yo nunca me lo esperé, porque la verdad los veía felices juntos, no veía nada que pudiera afectar la situación, no vi nunca ni escuché alguna discusión entre ellos, mi papá es relajado con nosotros es súper cariñoso y con ella también era igual..."
- Sextoperspectiva De Género
- Perspectiva De Género
- V Para Ello Debe Aplicar Los Estándares De Derechos Humanos De Todas Las Personas Involucradas Y
- Séptimodeterminación Que Adopta Este Tribunal
- C Inaplicación De La Ley Cuando Las Alternativas Anteriores No Sean Posibles
- Artículo Ter
- Artículo O
- La Sala Responsable Realizó El Análisis De Las Siguientes Pruebas Existentes En La Causa
- Declaración De La Testigo Quien Precisó Lo Siguiente
- Declaración De Quien Por Su Parte Refirió
- Declaración De Quien Ante El Juez De La Causa Señaló Lo Siguiente
- De Las Pruebas De Descargo
- Testimonial De El Cual Manifestó
- Testimonial A Cargo De El Cual Dijo
- Testimonial De La Cual Expuso
- Testimonial De Quien Manifestó
- Testimonial De Quien Expresó
- Testimonial De Quien Manifestó Lo Siguiente
- Testimonial A Cargo De Quien Ante El Juez Natural Expresó
- Testimonio Rendido Por La Menor La Cual Manifestó
- Declaración Rendida Por El Menor El Cual Manifestó
- En El Presente Apartado Se Procederá A Dar Contestación A Los Restantes Motivos De Oprobio
- De Ahí Que No Se Estime Necesaria Su Ratificación Pues Se Insiste No Resulta Un Peritaje
- De La Individualización De La Sanción
- Conclusión
- Octavoamparo Adhesivo
- Novenoalegatos
- Segundose Declara Sin Materia El Amparo Adhesivo
- Toda Persona Tiene Derecho A La Libertad Y A La Seguridad Personales
- Nadie Puede Ser Sometido A Detención O Encarcelamiento Arbitrarios
- Artículo Garantías Judiciales
- C Concesión Al Inculpado Del Tiempo Y De Los Medios Adecuados Para La Preparación De Su Defensa
- H Derecho De Recurrir Del Sic Fallo Ante Juez O Tribunal Superior
- I Que Por Su Edad Capacidad E Instrucción Tenga El Criterio Necesario Para Juzgar Del Acto