AMPARO DIRECTO 179/2018. 12 DE JULIO DE 2018. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: ARIEL ALBERTO ROJAS CABALLERO. SECRETARIA: SILVIA VIDAL VIDAL.
Suprema Corte de Justicia de la Nación

AMPARO DIRECTO 179/2018. 12 DE JULIO DE 2018. UNANIMIDAD DE VOTOS. PONENTE: ARIEL ALBERTO ROJAS CABALLERO. SECRETARIA: SILVIA VIDAL VIDAL.

Fecha: 10-Ene-2020

Antecedentes

Mediante oficio **********, de veintiséis de agosto de dos mil quince, la Administración Local de Auditoría Fiscal de Celaya, Guanajuato, del Servicio de Administración Tributaria, ordenó la práctica de una visita domiciliaria a la persona moral denominada ********** Sociedad Civil, según se precisó, con el objeto de comprobar el cumplimiento de las disposiciones fiscales a que está afecta como sujeto directo en materia del impuesto sobre la renta e impuesto empresarial a tasa única, por el ejercicio fiscal comprendido del primero de enero al treinta y uno de diciembre de dos mil trece. (fojas 92 a 94 del juicio de nulidad)

El ejercicio de las facultades de comprobación culminó con la emisión del oficio **********, emitido por la Administración Desconcentrada de Auditoría Fiscal de Guanajuato "3" del Servicio de Administración Tributaria, por el cual se determinó un crédito fiscal en su contra por la cantidad de $********** por concepto del impuesto sobre la renta, impuesto empresarial a tasa única, recargos y multas; así como por el monto de $********** por concepto de reparto de utilidades por pagar. (fojas 55 a 87)

Inconforme con lo anterior, la persona moral en cita demandó su nulidad ante la Sala Regional del Centro III del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, donde se radicó bajo el progresivo **********, decidido en sentencia de quince de enero de dos mil dieciocho, en la que se declaró la nulidad de la resolución impugnada y se dejaron a salvo las facultades de la autoridad para emitir una nueva resolución en la que subsane la ilegalidad advertida. Dicha determinación constituye el acto reclamado en el juicio de amparo que ahora se resuelve.