CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS 9/2023. ENTRE LOS SUSTENTADOS POR LOS TRIBUNALES COLEGIADOS PRIMERO Y TERCERO, AMBOS EN MATERIA DE TRABAJO DEL TERCER CIRCUITO. 22 DE FEBRERO DE 2023. MAYORÍA DE DOS VOTOS DE LOS MAGISTRADOS EMILIO GONZÁLEZ SANTANDER Y ROSA
Suprema Corte de Justicia de la Nación

CONTRADICCIÓN DE CRITERIOS 9/2023. ENTRE LOS SUSTENTADOS POR LOS TRIBUNALES COLEGIADOS PRIMERO Y TERCERO, AMBOS EN MATERIA DE TRABAJO DEL TERCER CIRCUITO. 22 DE FEBRERO DE 2023. MAYORÍA DE DOS VOTOS DE LOS MAGISTRADOS EMILIO GONZÁLEZ SANTANDER Y ROSA

Fecha: 31-Mar-2023

De La Referida Acta Se Aprecia Que No Existe La Firma De Quien Recibió La Aludida Notificación

"Ahora bien, en primer lugar, debe destacarse que la parte quejosa combate esas violaciones a las leyes del procedimiento de origen y señala los motivos por los que, a su juicio, trascendió en su perjuicio al resultado del fallo ...

"En el particular, sostiene que las referidas violaciones procesales transcendieron (sic) al resultado del fallo, ya que la responsable actuó de manera unilateral y que no se le otorgó una adecuada defensa y derecho de audiencia; además que se le dejó en estado de indefensión, al no ser sabedores del contenido del acuerdo de fecha dieciocho de septiembre del año dos mil trece, para así comparecer a la audiencia celebrada el catorce de noviembre del año dos mil trece.