CONTRADICCIÓN DE TESIS 2/2022. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR EL PRIMER, EL SEGUNDO Y EL TERCER TRIBUNALES COLEGIADOS, TODOS DEL VIGÉSIMO NOVENO CIRCUITO. 5 DE OCTUBRE DE 2022. MAYORÍA DE DOS VOTOS DE LOS MAGISTRADOS AURELIANO VARONA AGUIRRE (PRESIDENTE)
Suprema Corte de Justicia de la Nación

CONTRADICCIÓN DE TESIS 2/2022. ENTRE LAS SUSTENTADAS POR EL PRIMER, EL SEGUNDO Y EL TERCER TRIBUNALES COLEGIADOS, TODOS DEL VIGÉSIMO NOVENO CIRCUITO. 5 DE OCTUBRE DE 2022. MAYORÍA DE DOS VOTOS DE LOS MAGISTRADOS AURELIANO VARONA AGUIRRE (PRESIDENTE)

Fecha: 02-Dic-2022

Cuartocriterios Contendientes De Los Tribunales Colegiados De Circuito

I. El Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Noveno Circuito, en sesión de diecinueve de noviembre de dos mil veintiuno, resolvió el conflicto competencial 26/2021, suscitado entre la Junta Local de Conciliación y Arbitraje y el Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales, ambos en el Estado de Hidalgo, en el sentido de declarar que sí existió conflicto competencial y declaró competente al Tribunal Laboral Federal de Asuntos Individuales en el Estado de Hidalgo, con residencia en esta ciudad de Pachuca de Soto, para conocer del juicio laboral de origen.