SOLICITUD DE EJERCICIO DE LA FACULTAD DE INVESTIGACIÓN 1/2009. MINISTRO SERGIO A. VALLS HERNÁNDEZ.
Fecha: 26-Jul-2005
Las Demás Diligencias Que Se Consideren Necesarias
"Octavo. De lo anteriormente vertido se colige que la Procuraduría General de la República ha actuado en el marco de lo que señala la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y los ordenamientos legales aplicables; es decir, al tener conocimiento de un probable hecho delictivo inició las indagatorias correspondientes y en su momento ejercitó la acción penal, de los cuales conoce actualmente el Poder Judicial de la Federación como lo es el Juez Primero de Distrito en el Estado de Sonora, quien determinará las diversas situaciones jurídicas de las personas consignadas por los delitos aludidos; actuaciones que se han realizado en cumplimiento a la división de poderes que existe en nuestro sistema federal.
"Al respecto es aplicable lo resuelto por la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, consultable en el Semanario Judicial de la Federación, Séptima Época, Volúmenes 151-156, Tercera Parte, página 117, que a la letra reza: ‘DIVISIÓN DE PODERES. SISTEMA CONSTITUCIONAL DE CARÁCTER FLEXIBLE.’ [se transcribe].
"Ahora bien, la Suprema Corte de Justicia de la Nación cuando ejerce la facultad de investigación se circunscribe únicamente a inquirir la verdad hasta descubrirla, a fin de determinar si hubo o no violaciones graves a las garantías individuales sin sujetarse a un procedimiento judicial; sin embargo, nuestro Máximo Tribunal invariablemente tiene que recurrir al Ministerio Público ante la posible existencia de la comisión de algún ilícito. AI respecto, como ha quedado establecido con antelación, la Representación Social de la Federación ha integrado diversas averiguaciones previas que fueron consignadas, con relación a las cuales la autoridad judicial federal consideró procedente el libramiento de las respectivas órdenes de aprehensión solicitadas, por lo que actualmente existen personas sujetas a proceso, además de que se sigue integrando diversa averiguación previa bajo el número AP/PGR/SON/HER-V/797/2009, de lo que se colige que el Ministerio Público de la Federación ha dado cabal cumplimiento a lo previsto por los artículos 21 y 102, apartado A, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y, en su actuación, ha sido respetuoso de las garantías individuales y de los derechos fundamentales, tanto de los probables responsables como de las víctimas y ofendidos de los delitos. ..."
Al informe referido se anexó copia certificada de la averiguación previa AP/PGR/SON/HER-V/797/2009, a la que se encuentra agregada la diversa AP 143/2009.
- Secretario Jonathan Bass Herrera
- Resultando
- I Procurador General De La República
- Las Demás Diligencias Que Se Consideren Necesarias
- Ii Director General Del Instituto Mexicano Del Seguro Social
- I Respuesta Inmediata
- Las Unidades Médicas En Las Que Se Recibieron Y Hospitalizaron Pacientes En Forma Fueron
- I Jurídicas
- I Atención Al Derechohabiente
- Informe Detallado Y Completo Sobre Los Hechos Constitutivos Del Caso
- Se Envió El Contrato De Prestación De Servicios
- Medidas Adoptadas Por El Instituto Derivadas De Los Hechos Ocurridos
- I Información Pública Sobre Guarderías
- Ii Acuerdo Del Hct
- A Fin De Dar Cumplimiento A Este Acuerdo Se Han Llevado A Cabo Las Siguientes Acciones
- Cuarto El Costo De Los Gastos Funerarios De Los Menores Fallecidos
- Se Identificaron Casos Para Recibir Apoyo Solidario
- Sin Factura
- Iii Demanda De Responsabilidad Civil
- La Declaración Judicial De Que Los Codemandados Son Civilmente Responsables Ante El Imss
- El Pago De Gastos Y Costas
- Iii Procedimiento De Reclamación Patrimonial Del Estado
- Iii Convenio De Colaboración Entre El Imss Y La Amis
- Entre Los Compromisos De La Amis Destacan Los Siguientes
- Iii Sic Comparecencia Ante La Comisión Permanente Del H Congreso De La Unión
- Apoyo A Todas Las Familias De Las Víctimas
- Iii Cancelación De Licitación Pública
- Asimismo Dicho Informe Se Acompañó De Los Siguientes Anexos
- Contenido Treinta Y Siete Anexos Constantes De Copias De Las Diligencias Realizadas
- Contenido
- Informe Rendido A La Comisión Nacional De Derechos Humanos
- Iii Presidente De La Comisión Nacional De Derechos Humanos
- A Usted Señor Director General Del Instituto Mexicano Del Seguro Social
- A Usted Señor Gobernador Constitucional Del Estado De Sonora
- A Usted Señor Presidente Municipal De Hermosillo Sonora
- De Esa Opinión Técnica Destacan Las Siguientes Consideraciones
- Elementos Observados Por La Dirección General De Protección Civil De La Secretaría De Gobernación
- Análisis De Riesgos Externos E Internos
- Realización De Ejercicios Y Simulacros
- Conclusiones
- Considerandos
- De Este Modo El Numeral En Comento Quedó Redactado En Los Siguientes Términos
- Reformado Dof De Diciembre De
- Adicionado Dof De Diciembre De
- En Torno A Dicha Documentación Al Rendir Su Informe El Imss Señala Que Advierte Lo Siguiente
- Bajo La Vigencia De Este Contrato El Imss Al Rendir Su Informe Señala Lo Siguiente
- Al Tenor Del Informe Rendido Por El Imss Se Aprecian Las Siguientes Irregularidades
- En El Informe Rendido Por El Imss Se Manifiesta La Detección De Las Siguientes Irregularidades
- Objeto De La Investigación
- Identificar Los Actos De Negligencia Médica Posteriores Al Suceso
- Encargados De Realizar La Investigación
- Por Lo Expuesto Y Fundado Se Resuelve
- Sextopublíquese Esta Resolución En El Diario Oficial De La Federación
- B Se Trata De Un Concepto Obscuro
- D Se Da Margen A Que La Suprema Corte De Justicia De La Nación Quede En Un Papel Desairado