REVISIÓN EN INCIDENTE DE SUSPENSIÓN
Suprema Corte de Justicia de la Nación

REVISIÓN EN INCIDENTE DE SUSPENSIÓN

Fecha: 02-Ene-2019

III. ANTECEDENTES.

23.

A fin de resolver los planteamientos aducidos en la revisión incidental,

resulta conveniente formular una breve referencia de los antecedentes

del caso, que son los siguientes:

24.

I. Héctor Espinosa Cantellano fue nombrado Magistrado de la Sala

Regional del entonces Tribunal Federal de Justicia Fiscal y

Administrativa, por un periodo de diez años, según nombramiento de

veintisiete de julio de dos mil once.

25.

II. Por oficio TFJA/P/0090/2021, de veintiséis de abril de dos mil

veintiuno, se hizo del conocimiento del Consejero Jurídico del

5 Artículo 118. Corresponde a la Unidad de Asuntos Jurídicos:

(…).

IV. Representar, sin perjuicio de su ejercicio directo, al Tribunal, al Pleno General,

a la Junta, al Presidente, a la Secretaría General de Acuerdos, a la Secretaría

Auxiliar de la Junta, a las Secretarías Operativas, en los juicios de amparo en los

que hayan sido señalados como autoridades responsables o terceros interesados,

rindiendo los correspondientes informes previos y con justificación, así como

autorizar como delegados de representación a los servidores públicos adscritos a

la propia Unidad de Asuntos Jurídicos para los efectos más amplios que

establezca la Ley de Amparo, sin perjuicio directo en los juicios que así lo

determinen las autoridades jurisdiccionales en dicha materia;

(…).

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