SOLICITUD DE SUSTITUCIÓN DE JURISPRUDENCIA 1/2020. MAGISTRADOS DEL SEGUNDO Y DEL TERCER TRIBUNALES COLEGIADOS, AMBOS EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SEGUNDO CIRCUITO. 6 DE OCTUBRE DE 2020. UNANIMIDAD DE CINCO VOTOS DE LOS MAGISTRADOS BERNARDINO CARMONA
Fecha: 19-Feb-2021
Criterios Contendientes
"El sustentado por el Tercer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, al resolver el amparo en revisión 328/2017, el sustentado por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, al resolver los amparos en revisión 327/2016 y 166/2017, el sustentado por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, al resolver el amparo en revisión 358/2017, y el diverso sustentado por el Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, al resolver el amparo en revisión 42/2017.
"Nota: En términos del artículo 44, último párrafo, del Acuerdo General 52/2015, del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal que reforma, adiciona y deroga disposiciones del similar 8/2015, relativo a la integración y funcionamiento de los Plenos de Circuito, esta tesis forma parte del engrose relativo a la contradicción de tesis 1/2018, resuelta por el Pleno en Materia Administrativa del Segundo Circuito.
"Esta tesis es objeto de la denuncia relativa a la contradicción de tesis 39/2020, pendiente de resolverse por el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
"Esta tesis se publicó el viernes 4 de octubre de 2019 a las 10:14 horas en el Semanario Judicial de la Federación y, por ende, se considera de aplicación obligatoria a partir del lunes 7 de octubre de 2019, para los efectos previstos en el punto séptimo del Acuerdo General Plenario 19/2013."
Al plantear el panorama completo del origen de la jurisprudencia anterior y de las razones que se esgriman para sustituirla, es importante comparar ambos razonamientos, para hacer un análisis de los argumentos que dieron lugar a la jurisprudencia que se pretende sustituir y las razones que se expresan para ello.
- Considerando
- A Continuación Se Procede A Verificar El Cumplimiento De Las Reglas Señaladas Con Anterioridad
- Pleno En Materia Administrativa Del Segundo Circuito
- Criterios Contendientes
- A Argumentos Que Dieron Origen A La Jurisprudencia Pciia J A A
- B Razonamientos Vertidos Para Modificar La Jurisprudencia
- I La Tutela Judicial Efectiva Como Derecho Sustantivo
- Los Principios Citados Encuentran Cabida En Las Tres Etapas A Las Que Corresponden Tres Derechos
- Iii Una Posterior Al Juicio Identificada Con La Eficacia De Las Resoluciones Emitidas
- Ii Procedencia Del Juicio De Amparo Indirecto Respecto A Actos Omisivos
- Artículo El Amparo Indirecto Procede
- Así El Procedimiento De Cumplimiento Y Ejecución De Sentencia En Esa Instancia Es El Siguiente
- Para Fines Didácticos Se Expresa El Procedimiento En El Diagrama Siguiente
- En Consecuencia Es Procedente El Juicio De Amparo Indirecto En Contra De Tales Omisiones
- D La Actividad Procesal Del Interesado Actos Para Darle Seguimiento
- F Si El Transcurso Excesivo De Tiempo Resulta Justificado O No
- Sextodecisión Y Nueva Jurisprudencia Obligatoria
- Primeroes Fundada Y Procedente La Sustitución De Jurisprudencia
- Artículo Garantías Judiciales
- Artículo Protección Judicial
- I Las Que No Admitan Ningún Recurso