Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1190/2002-R
Fecha: 04-Oct-2002
Rafael Javier Reyes Zamora
En revisión, la Resolución de 5 de agosto de 2002, cursante a fs. 71 pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial de Santa Cruz dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Rafael Javier Reyes Zamora contra Wilfredo Villarroel La Fuente y otros miembros del Directorio de la Sociedad de Geriatría y Gerontología, alegando la vulneración de sus derechos a asociarse con fines lícitos y al trabajo.
- Rafael Javier Reyes Zamora
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- I.1.3 Autoridades recurridas y petitorio.
- : a)
- I.2.2 Informe de los recurridos.
- CONCEDE
- II.1
- II.4
- II.5
- II.6
- III.1
- III.2
- III.3
- III.6
- III.7
- III.8
- III.9
- III.10
- sin que en los hechos exista un término fijado por la Sociedad Boliviana de Geriatría y Gerontología en instrumento normativo alguno, razón por la que la decisión asumida por los ahora demandados, de rechazar la solicitud del recurrente para otorgarle el Certificado de Especialista, basándose en la falta de cumplimiento del tiempo mínimo requerido, no tiene ningún asidero jurídico, precisamente por no constar, el mencionado término (tres años), en norma alguna
- III.12
- III.13
- POR TANTO: