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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 90/2002
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL 90/2002

    Fecha: 28-Oct-2002

    I.1.1.4.

    I.1.1.4.       Relata que cuando se encontraban “en tratativas”, el Ministro de Salud dictó la RM 0247 que en su parte considerativa contiene la fundamentación arriba señalada y resuelve ratificar la Resolución Ministerial 0201 de 19 de abril de 2002, con la aclaración de que para su ejecución deberá ser homologada por Decreto Supremo.

    • María Lourdes Lacumza Gutiérrez en representación de Elba Olivera Choque y Esperanza Machicado Castro,  Presidenta y Vicepresidenta del Colegio de Enfermeras de Bolivia, respectivamente,
    • I.1.1.1.
    • I.1.1.2.
    • I.1.1.3.
    • I.1.1.4.
    • I.1.1.5.
    • I.1.1.6.
    • I.1.2. Personas recurridas y  petitorio
    • I.2.      Admisión y citaciones
    • I.3.1.
    • I.3.2.
    • I.3.3.
    • I.3.4.
    • I.3.5.
    • I.3.6.
    • I.3.7.
    • I.3.8.
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • El art. 2 determina que
    • III.3.
    • III.5.
    • III.6.
    • III.7.
    • III.8.

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