Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1371/2002-R
Fecha: 11-Nov-2002
II.5.
II.5. El 16 de febrero de 2001 los querellantes solicitaron la reapertura de la instrucción penal contra Lucio Villazón Gonzáles, (fs.45-48 y 71-73). Por auto de 26 de marzo de 2001, el Juez Instructor Primero en lo Penal de Quillacollo, rechaza la reapertura del proceso penal por no existir nueva prueba (fs. 50). Sin embargo, esta decisión es revocada por Auto de Vista de 17 de agosto de 2001, que dispone la reapertura del proceso contra Lucio Villazón Gonzáles (fs. 51).
- Antonio Ustariz Antezana, Franz Axel Jove Camacho, Rita Elena Miranda Montaño, Victoria Bautista Herbas de Vargas, Roberto Villarroel Lima y Lucio Villazón Gonzáles
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III.1.
- directa y coetáneamente
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- III.6.