SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1371/2002-R
Fecha: 11-Nov-2002
II.9.
II.9. El 6 de abril de 2001, Gastón Escobar Araoz y Benigno Gómez Morales, a nombre suyo y de la Cooperativa Agrícola “San Miguel”, plantearon recurso de amparo constitucional contra el Alcalde de Tiquipaya Lucio Villazón Gonzáles aduciendo nuevos atropellos a su derecho propietario pese a haberse declarado la procedencia de un anterior amparo, recurso declarado improcedente por el Juez de partido en lo Civil de Quillacollo mediante resolución de 20 de abril de 2001; aprobada en revisión por el Tribunal Constitucional mediante SC 541/2001-R de 4 de junio, al considerar que existían derechos controvertidos respecto a la propiedad inmueble ubicada en la playa aluvial de río Khora de Tiquipaya, provincia Quillacollo del Departamento de Cochabamba entre la Cooperativa Agrícola “San Miguel” y la Alcaldía Municipal, cuya dilucidación no correspondía a la jurisdicción constitucional sino a la justicia agraria, asimismo observó la falta de inmediatez en la interposición del recurso (fs. 157-161; 163-167)
- Antonio Ustariz Antezana, Franz Axel Jove Camacho, Rita Elena Miranda Montaño, Victoria Bautista Herbas de Vargas, Roberto Villarroel Lima y Lucio Villazón Gonzáles
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III.1.
- directa y coetáneamente
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- III.6.