Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1371/2002-R
Fecha: 11-Nov-2002
II.6.
II.6. Por auto de 28 de marzo de 2002, la Jueza recurrida dispuso la reapertura del proceso penal contra Lucio Villazón Gonzáles e instruyó la organización de sumario penal en su contra por la supuesta comisión, no sólo del delito por el que había sido calificado el comportamiento del recurrente, esto es por el delito previsto y sancionado por el art. 179 bis, sino también por los arts. 179 bis, 351 (Despojo) con relación al 22 (Instigador) y 353 (Perturbación de posesión) CP (reapertura que se dicta sin motivación alguna), disponiendo se expida mandamiento de aprehensión en su contra, el que fue entregado a uno de los demandantes el 11 de septiembre de 2002 (fs. 75 y 83 vta.).
- Antonio Ustariz Antezana, Franz Axel Jove Camacho, Rita Elena Miranda Montaño, Victoria Bautista Herbas de Vargas, Roberto Villarroel Lima y Lucio Villazón Gonzáles
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- a)
- I.2.2. Informe de la autoridad recurrida
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III.1.
- directa y coetáneamente
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- III.5.
- III.6.