Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1439/2002
Fecha: 25-Nov-2002
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El recurrente afirma que el juez demandado vulneró sus derechos a la seguridad jurídica, al trabajo, a la propiedad privada y a una justa remuneración al dictar sin competencia, el auto de 12 de agosto, ordenando la retención de fondos de EMCONAL así como el embargo de sus bienes, siendo que la Resolución de Vista de 5 de agosto de 2002 aún no estaba ejecutoriada, pues recién fue notificado con la misma el 19 de ese mes. Por consiguiente, corresponde analizar si tales hechos se encuentran dentro del ámbito de protección del art. 19 CPE.
- Franz Alvarez en representación de la empresa Unipersonal Constructora Nacional EMCONAL
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- I.1.3. Autoridad o persona recurrida y petitorio
- I.2.2.1.
- I.2.2.2.
- I.2.2.3.
- I.2.2.4.
- I.2.3.1.
- I.2.3.2.
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.
- III.2.
- III.3.
- III.4.
- los actos procesales son válidos en la medida en que cumplen adecuadamente la finalidad que conllevan sin lesionar derecho fundamental alguno
- APROBAR