SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1450/2002 - R
Fecha: 28-Nov-2002
Moisés Martínez Zenteno
En revisión la Resolución 43/2002 de 26 de septiembre de 2002, cursante de fs. 63 a 64, pronunciada por la Sala Social y Administrativa de la Corte Superior de Cochabamba, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Moisés Martínez Zenteno contra el Tribunal Calificador del Concurso de Méritos para el Cargo de Director de la Escuela Técnica de Salud Boliviano-Japonesa de Cooperación Andina (Cochabamba), representado por su Presidente, Hernán Taboada López; alegando vulneración de los derechos a la seguridad jurídica, al trabajo, a participar en la función pública y a la carrera administrativa, previstos en los arts. 7-a)-d), 40-2), 44 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- Moisés Martínez Zenteno
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- el Tribunal Calificador del Concurso de Méritos para el cargo de Director de la Escuela Técnica de Salud Boliviano-Japonesa de Cooperación Andina (Cochabamba), representado por su Presidente, Hernán Taboada López
- improcedente
- II.1
- II.2
- II.3
- III. FUNDAMENTOS JURIDICOS DEL FALLO
- III.1
- III.2
- III.3
- PROMOCION
- En los casos de promoción interna, cuando el médico que solicita esta promoción sea el único postulante, podrá promocionarse sin necesidad de concurso de méritos
- III.4
- III.5
- III.6
- III.7
- REVOCA