Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL 1481/2002-R
Fecha: 04-Dic-2002
Andrés Abelino Guzmán Aguilar y otros
En revisión, la Sentencia 150/2002 de 24 de septiembre de 2002, cursante a fs. 192 y 193, pronunciada por la Sala Civil Tercera de la Corte Superior del Distrito Judicial de La Paz, dentro del recurso de amparo constitucional interpuesto por Andrés Abelino Guzmán Aguilar y otros contra Waldo López Paiva, Fiscal de Materia, Roxana Espejo Flores, Jueza Primera de Instrucción Cautelar de El Alto, Armando Pinilla Butrón y Gerardo Torrez Antezana, Vocales de la Sala Penal Segunda de dicha Corte Superior, alegando la conculcación del principio del non bis in idem, de sus derechos a la defensa, a la presunción de inocencia y la garantía del debido proceso.
- Andrés Abelino Guzmán Aguilar y otros
- I.1.1 Hechos que motivan el recurso.
- a)
- IMPROCEDENTE
- II.1
- II.2
- II.3
- II.4
- II.5
- II.7
- II.8
- III.1.
- delitos de apropiación indebida y abuso de confianza
- “
- 1)
- 2)
- el proceso penal se inicia
- 'Art. 303. Notificación
- se inicia el proceso
- Oportunidad de la presentación de la Imputación formal.
- el Fiscal de la investigación no realizó en momento alguno la imputación formal que prevé el art. 302 CPP
- el Fiscal recurrido cometió un acto ilegal al presentar la solicitud conclusiva sin haber imputado formalmente a los recurrentes, por una parte, y por otra, la Jueza Cautelar co-demandada no cumplió a cabalidad la función que el ordenamiento jurídico le encomienda,
- III.4.
- III.5.